Sin más detalles, podría ser hasta un poco más de 900 €.
Pero puede ser así, o no.
Depende de si las vacaciones te las han ido liquidando de forma prorrateada en las mensualidades (hay casos en que es posible y legal).
En principio, para una casuística genérica, correspondería una liquidación por vacaciones devengadas no disfrutadas, que en el caso de un contrato de 6 meses, deberían ser 15 días naturales (1/2 mensualidad).
Además, por fin de contrato temporal, habría una indemnización de 12 días/año (o sea, 6 días, 1/5 de mensualidad).
Las pagas extraordinarias, supongo que van prorrateadas cada mes.
Por tanto, en una casuística genérica, la liquidación y finiquito serían 7/10 de mensualidad.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!