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Deduccion Alquiler Madrid Declaracion Conjunta

2 respuestas
Deduccion Alquiler Madrid Declaracion Conjunta
Deduccion Alquiler Madrid Declaracion Conjunta
#1

Deduccion Alquiler Madrid Declaracion Conjunta

Muy buenas madrugadas a todos, que aquí ando tratando de cerrar mi declaración.

Quería hacer una consulta sobre la deducción por alquiler de vivienda habitual, en la Comunidad de Madrid, para menores de 35 años, condición que cumple mi mujer, pero no yo.

La declaración la vamos a hacer conjunta, ya que mi mujer actualmente no tiene ingresos.

¿Puedo ponerle a ella las cantidades pagadas al arrendador, sólo puedo ponerle la mitad, o no puedo ponerle ninguna?.

Y otra cosa, si has tenido dos arrendadores (has vivido en dos casas durante 2010), ¿cómo pones el nif del segundo?, en el tramo autonómico para esto, sólo hay una casilla.

Un saludo y gracias.

#2

Re: Deduccion Alquiler Madrid Declaracion Conjunta

Se esta declarando el año 2011 por si es un error los de 2010 que comentas.

En el PADRE que calcula los limites a los que estan sometidas varias deducciones, puedes cumplimentar en DECLARANTE , los pagos 50% a tu cargo y en CONYUGE , declaras los otros pagos del 50% a cargo de tu esposa , esto en la deduccion estatal.

En al deduccion autonomica , solo pones en CONYUGE el 50% a cargo de tu esposa , que es la que cumple con la edad , aunque tienes otras condiciones que cumplir , como lo de el deposito de la fianza. El PADRE te calculara los limites y si no se cumplen no saldra nada en esta casilla.

Acuerdate de elegir la modalidad de CONJUNTA cuando edites la declaracion , que sera las beneficiosa , lo puedes comprobar , en el menu- "Ver" y Resultado de la Liquidacion,

Saludos

#3

Re: Deduccion Alquiler Madrid Declaracion Conjunta

Muchas gracias. Efectivamente, me refería a 2011, se me ha ido la cosa ahí.
Lo que no sabía era lo del depósito de la fianza, eso ¿es cosa del arrendaror o es cosa de ambos?.

¡¡¡¡¡YA LO HE VISTO!!!!!: Debe haber sido hecho el depósito por el arrendador, pero el arrendatario debe tener un copia, por lo que el arrendatario no es desconocedor del asunto, asi que no puede declararlo al tuntun.

Un saludo.