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Duda deducción Hijo a cargo con discapacidad

2 respuestas
Duda deducción Hijo a cargo con discapacidad
Duda deducción Hijo a cargo con discapacidad
#1

Duda deducción Hijo a cargo con discapacidad

Hola a todos,

El año pasado le concedieron a mi hijo una discapacidad superior al 33%. Al hacer la declaración de la renta aparece reflejado pero tengo dudas en cuanto a la deducción. Mi mujer no trabaja y hacemos la declaración conjunta. 

- ¿Puedo en ese caso marcar que ella cede el derecho a mi? ¿O tengo que solo deducirme yo el 50%?
- Ella no trabaja pero si que está dada de alta en el régimen de cuidadores por la ley de dependencia. 
- ¿Tengo que rellenar el modelo 121 o 122 para informar de esa cesión?

Muchas gracias
#2

Re: Duda deducción Hijo a cargo con discapacidad

Según el sitio web de la Agencia Tributaria: cuando uno de los progenitores no obtiene rentas suficientes para aplicar el mínimo por descendientes o las deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo, puede ceder el derecho al otro progenitor en determinadas condiciones. 

Vamos a resolver tus dudas punto por punto: 

 

1. ¿Puedes marcar que tu mujer cede el derecho a ti?

 , si realizáis la declaración conjunta, tú puedes aplicar el 100% del mínimo por descendiente con discapacidad y también puedes aplicar la deducción por descendiente con discapacidad siempre que cumplas los requisitos. En la declaración conjunta, no hay cesión propiamente dicha, sino que el derecho se ejerce de forma unificada. Si hicierais declaraciones individuales, entonces sí sería necesario ceder expresamente el derecho y marcar la cesión del porcentaje correspondiente (modelo 121 o 122, que ahora comentaremos).  

2. Tu mujer no trabaja, pero está dada de alta como cuidadora no profesional

 Este dato es importante para la deducción por ascendiente o descendiente con discapacidad a cargo. Uno de los requisitos es que la persona discapacitada genere derecho al mínimo por discapacidad y esté a cargo de quien solicita la deducción. El hecho de que ella esté dada de alta como cuidadora no profesional no invalida la deducción, pero no genera derecho propio para ella si no tiene rentas o no presenta declaración individual. Por tanto, en conjunta, tú podrías beneficiarte del 100% de la deducción.  

3. ¿Debes rellenar el modelo 121 o 122?

 
  • No, si realizáis declaración conjunta. No es necesario presentar ni el modelo 121 ni el 122.
  • , si hiciérais declaraciones individuales y uno de los dos cediese el derecho al otro.
    En ese caso:

    • Modelo 121: si se quiere aplicar el abono anticipado de la deducción por discapacidad.
    • Modelo 122: si se quiere comunicar la cesión del derecho a la deducción sin solicitar el abono anticipado.
 

En resumen:

 
  • En declaración conjunta, puedes aplicar el 100% de la deducción por descendiente con discapacidad.
  • No es necesario presentar modelo 121 ni 122.
  • La situación de tu mujer como cuidadora no profesional no impide aplicar la deducción.
 Te recomiendo revisar el apartado específico sobre esta deducción en el manual de Renta: Manual de Renta 2023 - Capítulo 15: Mínimos personales y familiares 
#3

Re: Duda deducción Hijo a cargo con discapacidad

Muchas gracias @mivisa

Creo que ha quedado muy claro, en mi caso mi mujer no tiene ingresos por lo que entiendo que haciendo la declaración conjunta no es necesario rellenar ningún modelo. 

Sin embargo si que he visto que hay que marcar la casilla de ceder el derecho, cuando lo hago hay una diferencia en el resultado positiva (una devolución mayor) que si dejo la casilla de cesión del derecho sin marcar. 

Lo correcto entonces es hacer la declaración conjunta y marcar la cesión ¿verdad?

De nuevo muchas gracias por la respuesta