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Cuota de autónomo como gastos deducibles ¿qué opináis?

4 respuestas
Cuota de autónomo como gastos deducibles ¿qué opináis?
Cuota de autónomo como gastos deducibles ¿qué opináis?
#1

Cuota de autónomo como gastos deducibles ¿qué opináis?

Buenos días,

Entiendo que si una persona física esta trabajando en régimen general, tendrá como gastos deducibles por obtención de rendimientos del trabajo, las cuotas deducidas en nomina como aportación a la seguridad social, pero ademas si este mismo trabajador esta dado de alta en estimación directa por lo que paga una cuota de autónomo mensual, podrá incluir esta última como gastos deducibles de la actividad.

Entiendo también que el requisito para que esta cuota de autónomo sea deducible en la actividad y no como rendimiento del trabajo es que no figure mediante contrato, de esta forma las cuotas satisfechas serán gastos deducibles de la actividad.

Pero, ¿Conocéis algún caso práctico o alguna posibilidad para deducirlo como rendimiento del trabajo y como actividad a la vez?

Gracias de antemano.

Saludos.

#2

Re: Cuota de autónomo como gastos deducibles ¿qué opináis?

Un mismo gasto no puede dar lugar a dos deducciones. O una, u otra. O quizás prorratearla.

Ejemplo, socio-trabajador de SL, administrador de la misma (o no, pero con control familiar). Cotiza en RETA. Además, desarrolla actividad económica por su cuenta como persona física.

La cuota RETA sería deducible de Trabajo, ya que hay obligación, pero también podría atribuirse a Actividades económicas, o incluso prorratear el coste entre ambas según algún criterio lógico.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Cuota de autónomo como gastos deducibles ¿qué opináis?

En definitiva, no hay opcion, lo que si saldria mas favorable es imputarlo a rendimientos del trabajo, (no hay contrato pero si la posibilidad de hacerlo en caso de requerimiento), ya que esta persona trabaja en regimen general para un centro de formacion (de un familiar) y se da de alta para facturarle al mismo centro por unos cursos concretos paralelos a su actividad normal en regimen general.

¿Que piensas sobre esto que te comento?,

Gracias Cachilipox,

saludos.

#4

Re: Cuota de autónomo como gastos deducibles ¿qué opináis?

El gasto debe imputarse en el recinto donde nazca la obligación. En este caso, si los cursos paralelos tuviesen la consideración de Trabajo, la cuota RETA no sería obligatoria (y por tanto, no deducible). Y si son Actividad económica, es en Actividades donde nace la obligación del RETA, y por tanto la correcta imputación como gasto.

Cuando un mismo gasto sea obligatorio por dos causas de ingresos diferentes, sí que se podría mirar de donde imputarlo. Pero en este caso dos ingresos de naturaleza diferente conllevan dos gastos de naturaleza diferente. No veo que sea posible jugar con esto.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Cuota de autónomo como gastos deducibles ¿qué opináis?

Tengo un problema con la informacion que me ofrecen en la administracion, parece ser que afinan poco por que en este caso me dicen que se puede imputar el gasto como rendimiento de trabajo si existe un contrato entre el trabajador y la empresa. Esto es lo q me hace dudar, de lo contrario es mas q evidente su imputacion como gastos de la actividad ya q la obligacion nace como consecuencia del inicio de la actividad.
Gracias de nuevo por tu opinion.
Saludos