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Que impuesto puede ser

22 respuestas
Que impuesto puede ser
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#9

Re: Que impuesto puede ser

si yo no he hechado la culpa a nadie

#10

Re: Que impuesto puede ser

a todas las preguntas ni idea.
esas retenciones pueden ser por tener un trabajador ?

no tengo ni idea de que es autoliquidadcion.

el gestor me ha dicho que ellos no han presentado nada.

y es que las altas de empleado me lo lleva la asociacion de hosteleria, por eso, podria ser por tener un empleado ?

#11

Re: Que impuesto puede ser

Te lo decía en broma.

Si tienes un empleado, puede que sea el ingreso de las retenciones del tercer trimestre.

Saludos.

#12

Re: Que impuesto puede ser

Como te dice Empty,esa cantidad puede ser el total del tercer trimestre (julio-agosto-septiembre 2012) de las retenciones que se realizan en las nóminas del empleado. Si puedes consultar esas nóminas y sumas el total IRPF deducido en las mismas debería coincidir con el importe adeudado.

Saludos.

#13

Re: Que impuesto puede ser

y eso es obligatorio pagarlo nosotros ,

#14

Re: Que impuesto puede ser

A ver Mayoliz...Al parecer tienes un trabajador a tu cargo. Le tienes que pagar el sueldo mensual. De ese sueldo mensual, al trabajador le descuentas las retenciones por el IRPF y las cotizaciones a la Seguridad Social.

Esos descuentos que no le pagas al trabajador, los debes de ingresar en la Agencia Tributaria (trimestralmente) y en la Seguridad Social.

Es obligación del empresario, retener y descontar esos importes del sueldo del trabajador. Y posteriormente ingresarlo. El empresario, en este caso, no paga nada. Es un simple intermediario entre el que paga (el trabajador) y el que cobra (Agencia Tributaria).

Saludos.

#15

Re: Que impuesto puede ser

y eso me lo pondran como gastos a la hora de la declaracion de la renta, ya que me sale carisimo tener un trabajador, madre mia. entre los seguros sociales, y la retencion de IRPF, gana mas que yo.

#16

Re: Que impuesto puede ser

Te pongo un ejemplo. Tienes un trabajador que le pagas mensualmente una nómina de 1.000 euros. En la misma, figurará que le descuentas un 10% de retención del IRPF (100 euros), y 64 euros de cuotas a la Seguridad Social. Al cabo del mes, lo que percibe el trabajador son 836 euros (1.000 - 100 - 64).

Realmente, tu has puesto en el bolsillo del trabajador 836 euros, pero tus gastos deducibles de tu negocio son 1.000 euros porque los 100 euros y los 64 euros los debes de ingresar en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social respectivamente.

Por tanto, tienes como gastos 1.000 euros (836 + 100 + 64).

Saludos.