Re: Pymes y autónomos no pagarán IVA hasta que cobren las facturas
Lo que es desolador de verdad es no cobrar la factura entera.
El pago del IVA es un gasto más, que duele, pero solo un gasto más. Previo a la liquidación adelantada del IVA, seguramente habrá tenido que pagar salarios, SS, proveedores varios, arrendamiento,...
Y eso, más que con un "régimen especial", se resuelve con una verdadera y operativa ley de morosidad.
Y como la gran bolsa de morosidad pendiente se genera o en las cadenas de subcontrata, o en los proveedores de grandes distribuidores, o en suministradores a organismos públicos, la norma podría ser tan sencilla como algo así:
"a.- No será gasto deducible aquellas adquisiciones en las que no conste que la efectiva satisfacción tuvo lugar dentro del periodo establecido por la legislación como fecha de referencia máxima de pago y cancelación de las facturas.
b.- No obstante, se exceptuará de lo anterior aquellas adquisiciones y contraprestaciones en las que conste de manera expresa, con carácter previo al inicio de entrega de bienes o prestaciones de servicio, que las partes pactan un periodo de pago superior. Este periodo deberá ser concreto y determinado.
En tal caso, siempre deberá expresarse y acreditarse que se incrementó la obligación principal con los correspondientes intereses de demora comercial.
El incumplimiento de cualquiera de los dos requisitos, periodo determinando e intereses de demora, dará lugar a que se aplique lo establecido en el punto a.-, aunque constara la existencia de pacto explícito previo."
Para los organismos públicos, esta medida no sería demasiado constriñente, pero algo haría. Sería mucho más efectivo, aunque solo parcial, establecer la inversión del sujeto paivo en toda venta a un organismo público.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!