Pérdidas patrimoniales. Importe computable.
Buenos días,
A la hora de realizar la declaración de la renta tengo algunas dudas que no he conseguido aclarar con lo que he encontrado en el foro acerca de la "Casilla 347. Pérdidas patrimoniales. Importe computable."
En la guía de la declaración se indica que:
"no se computarán como tales pérdidas si el contribuyente hubiera adquirido acciones o participaciones homogéneas dentro de los dos meses anteriores o posteriores a la fecha en que haya tenido lugar la transmisión."
Mi duda es la siguiente:
He adquirido acciones en AGOSTO de una entidad A
He vuelto a adquirir acciones de la misma entidad A en NOVIEMBRE
En DICIEMBRE vendido la totalidad de las acciones adquiridas en Agosto y parte de las de Noviembre (no pude colocarlas todas...), y he tenido pérdidas.
¿Al haber realizado una recompra un mes antes de la venta puedo o no computar dichas pérdidas?
¿Que coste de adquisición indico, la media entre la totalidad comprada en agosto más la parte proporcional de noviembre?
Muchísimas gracias de antemano!