Disolución de Condominio, exceso de compensación y unificación de créditos.
El tema es el siguiente:
Matrimonio, régimen separación de bienes.
Año 2007 adquisición de vivienda A (25% propiedad ella 75% él).
Precio 150.000 euros.
Hipoteca 120.000 euros (al 50%)
Año 2011 adquisición otra vivienda B (al 50%).
Precio: 240.000 euros
Unificación de créditos: 120.000 + 260.000. Total Hipoteca 2º ...380.000 euros
Año 2013. Divorcio
Se acuerda vender la vivienda B.
Precio de venta 200.000 euros (inferior al de adquisición)
Capital restante de hipoteca:.... 180.000 euros
Se pretende disolver ahora el condominio de la vivienda A . La pretensión es que él se queda con la propiedad a cambio de la obligación del pago de las cuotas de la hipoteca.
Obviamente los números ya no cuadran ya que contra un 25% de propiedad tenemos el 50% de una hipoteca que reagrupaba dos préstamos y las dudas son:
¿A efectos de compensación se debe tomar necesariamente los 90.000 euros que corresponde ahora cada cónyuge o se puede estimar un importe inferior dado que realmente esta primera hipoteca era solo de 120.000 euros.
Debo indicar que el banco ya me ha informado que no va a aceptar novación o subrogación por lo que, a estos efectos, se seguirá informando a Hacienda del 50% para cada NIF.
Gracias