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"Agencias de imágenes" como declarar los beneficios? - fiscalidad

3 respuestas
"Agencias de imágenes" como declarar los beneficios? - fiscalidad
"Agencias de imágenes" como declarar los beneficios? - fiscalidad
#1

"Agencias de imágenes" como declarar los beneficios? - fiscalidad

Hola, este es mi primer mensaje, me mirado a ver donde puedo presentarme pero no lo encuentro.

Os comento mi problema/duda:

Es referente a las "agencias de bancos de imágenes" (se llaman así) donde los usuarios suben sus fotos y posibles compradores las adquieren. Según las ventas de esas fotos, yo (el vendedor) recibo un porcentaje de esos beneficios. Dichos beneficios pasan por manos de Hacienda y por tanto debo declararlos.
El tema es muy sencillo pero para mi me resulta bastante complejo de tenerlo claro de cara a la legalidad. Aclaro que soy un trabajador por cuenta ajena (no autónomo) y que me interesaría estar legalmente cubierto para no tener problemas.

Preguntas:
1.- Como debo notificar a hacienda esa actividad?
2.- Hasta que ingresos me puede repercutir a mi en la declaración de la renta??
3.- Según he podido informarme, creo que debo darme de alta en "actividades económicas" y hacer la declaración cada 3 meses. No tengo clsro ni se como efectuar estos tramites....

En fina que estoy muy perdido y reconozco que los beneficios que pueda sacar serán escasos o nulos pero para evitar sustos o problemas prefiero informarme.

Gracias

#2

Re: "Agencias de imágenes" como declarar los beneficios? - fiscalidad

Nadie me puede dar algún consejo o decir donde me puedo informa? Es que no me atrevo a dar el paso...

Gracias.

#3

Re: "Agencias de imágenes" como declarar los beneficios? - fiscalidad

Vas a ejercer una actividad económica.
Debes darte de alta censal en un epígrafe del IAE, mediante un modelo 036.

Deberás presentar las declaraciones trimestrales 130, IRPF, y 303, IVA.

Debes tener muy clarificado quien es "el cliente" (a quien le estás cobrando), y quien es "el proveedor" (a quien le pagas).

Las declaraciones trimestrales 130 y 303 se presentan los meses de abril, julio, octubre y enero, hasta el día 20.

Además, hay una declaración anual del IVA, modelo 390.

Según el caso, puede que tengas que realizar otras declaraciones anuales informativas (el modelo 347 quizás).

Según quien sea tu proveedor (a quien pagues), puede que debas efectuar pagos sujetos a retención de IRPF. En tal caso, debes añadir un modelo 111, y su correspondiente declaración anual.

En cualquier caso de resultado, negativo, a cero, o positivo, deberás declarar esos números en tu propio IRPF. Te afectará más o menos según sea el resultado.
Pudiera ser que también estés obligado a darte de alta de autónomos (eso depende, hay supuestos diversos...).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: "Agencias de imágenes" como declarar los beneficios? - fiscalidad

Cachilipox muchas gracias por tu extensa y clara explicación.

Te aclaro, yo solo pongo las fotos mias en esa agencia online, no pago ni tengo que dejar ningún tipo de dinero para nada. Esas fotos mías después las compra quien lo desee y es cuando la agencia me paga a mi un porcentaje por los beneficios que ellos sacan de mis fotos. EL pago no se cada cuanto lo hacen pero solo recibo ingresos si mis fotos son vendidas.

Claro que si tengo que hacer tanto papeleo en Hacienda para poder ganar algo (si lo gano claro) quizá no me sea rentable tanto tramite....