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Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales

8 respuestas
Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales
Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales
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#1

Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales

Saludos!

Ayer el Sr. Crespo admitió irregularidades fiscales durante el ejercicio 2006 y afirmo que no estaban prescritas: ¿No están prescritas porque no ha transcurrido el plazo o porque comenzaron a investigarse antes de que prescribieran?

¿Cuánto tarda en prescribir una irregularidad en la declaración de impuestos? Corre un rumor de que son 5 años, ¿es así?

#2

Re: Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales

Si te refieres a "irregularidad" como delito fiscal, la prescripción del delito sería de 5 años (tanto con el código penal aplicable en 2006 como el vigente). El "rumor" lo tienes en el artículo 131 del Código Penal.

Si no están prescritas es porque precisamente esa prescripción se interrumpió (no porque no haya transcurrido el plazo de prescripción de 5 años).

#3

Re: Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales

Por irregularidad creo que repito sus palabras: Más explícitamente y por él indicado se trataba de un cobro de 1,2 millones de euros por servicios prestados por una de las empresas que él administraba y cobrados en una cuenta de un banco suizo sin informar a Hacienda de ese cobro.

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Hablando de otro tema pero relacionado, sí que sé que hace años Hacienda podía reclamar sobre el impuesto del IRPF sobre los últimos cinco ejercicios pero ahora creo que son cuatro: ¿es así?

Cada actividad sujeta a impuestos: IVA, sociedades, renta... tiene un plazo de prescripción o son todos iguales.

#4

Re: Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales

El plazo general de prescripción en materia tributaria es desde hace ya años de 4 años, se aplica siempre que la normativa propia de cada tributo no especifique otro.

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

Artículo 66 Plazos de prescripción

Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos:

a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
c) El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
d) El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.

Respecto a las infracciones:
Artículo 189 Extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones tributarias

1. La responsabilidad derivada de las infracciones tributarias se extinguirá por el fallecimiento del sujeto infractor y por el transcurso del plazo de prescripción para imponer las correspondientes sanciones.

2. El plazo de prescripción para imponer sanciones tributarias será de cuatro años y comenzará a contarse desde el momento en que se cometieron las correspondientes infracciones.

Un saludo

#5

Re: Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales

Aquí habría un delito contra la Hacienda Pública (Art. 305 y sigs. del Código Penal) ya que la cuantía es más de 120.000 euros (supongo que se drefraudó todo en el mismo ejercicio); por lo tanto no es aplicable la Ley General Tributaria citada por leopol72, sino el Código Penal y sus 5 años desde la comisión del delito.

#6

Re: Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales

Entonces, según la cuantía de lo defraudada, es decir, si se llega a defraudar 120.000 euros o más, ¿el plazo de prescripción cambia?

¿Cuál es el nombre que recibe la falta de defraudar una cantidad menor?

#7

Re: Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales

Efectivamente, la cosa cambia porque pasamos de infracción a delito (de pagar a pagar y antecedentes penales)

Y por "defraudar" una cantidad menor sería una "Infracción trbutaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación" del art. 191 de la Ley General Tributaria

#8

Re: Trama Gürtel y prescripción de delitos fiscales

Como dice Lomthe, la cuantía es muy importante porque al pasar de infracción a delito entra en juego el código penal con todas sus consecuencias, incluidas posibles penas de cárcel que no te pueden caer por una infracción tributaria y sí por delito fiscal. De ahí la importancia de considerar válidas o no las facturas esas tan famosas de los Duques.

Un saludo