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¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?

7 respuestas
¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?
¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?
#1

¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?

Hola!

Os comento mi caso y mi gran duda, durante 2013 trabajé el mes de enero y hasta el 8 de febrero en una empresa española, no llegando a percibir en ese tiempo los 22.000€ que he leído que son los mínimos necesarios obligatorios para presentar la renta.

El 27 de ese mismo mes de febrero me traslado a vivir y trabajar a Berlín, donde he trabajado todo 2013, con lo cual en España trabajando solo estuve enero completo y los 8 días de febrero.

Pues bien, me encuentro en la situación de que se seguro que tengo que hacer la declaración de la renta en Alemania, pero mi gran duda es ¿tengo que hacer también la de España? (no llego al mínimo, no he vendido ni adquirido ningún inmueble y solo tengo las cuentas bancarias, aunque también tengo vivienda en propiedad e hipoteca), ¿debo hacerla como NO residente?.
y si tengo que presentar la declaración en España, ¿debo declarar todo lo percibido en Alemania? o como ya lo declaro en la Alemania, no haría falta. Y no se entendería por evasión de impuestos ya que es país comunitario, y que declarado estaría además de que esta la comunicación entre países comunitarios.

Y por favor, alguien sabría decirme donde esta recogido esto en la Ley tributaria, porque yo no encuentro reglamento alguno que marque las obligaciones y pautas a seguir.

Como veis estoy muy perdida y algo desorientada, agradezco cualquier tipo de ayuda y sobre todo alusiones a reglamentos que estén vigentes y sean de aplicación a mi caso.

Mil gracias!!!

#2

Re: ¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?

No soy experto en la materia.

A la espera de que algún experto te conteste, salvo mejor opinión no te corresponde hacer la declaración en España. Pues solo has residido el mes de enero, con lo cual NO TIENES RESIDENCIA HABITUAL EN ESPAÑA.

Habría que verificar que no estás en ninguno de los supuestos que indica el artículo 10 sobre Contribuyentes que tienen su residencia habitual en territorio extranjero, pero por lo que te he entendido, diría que tampoco estás incluido. Te adjunto el artículo de todas maneras.

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Contribuyentes

Artículo 8 Contribuyentes

1. Son contribuyentes por este impuesto:

a) Las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español.

b) Las personas físicas que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de esta Ley.

2. No perderán la condición de contribuyentes por este impuesto las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio considerado como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.

3. No tendrán la consideración de contribuyente las sociedades civiles, tengan o no personalidad jurídica, herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Las rentas correspondientes a las mismas se atribuirán a los socios, herederos, comuneros o partícipes, respectivamente, de acuerdo con lo establecido en la sección 2.ª del Título X de esta Ley.

Artículo 10 Contribuyentes que tienen su residencia habitual en territorio extranjero

1. A los efectos de esta Ley, se considerarán contribuyentes las personas de nacionalidad española, su cónyuge no separado legalmente e hijos menores de edad que tuviesen su residencia habitual en el extranjero, por su condición de:

a) Miembros de misiones diplomáticas españolas, comprendiendo tanto al jefe de la misión como a los miembros del personal diplomático, administrativo, técnico o de servicios de la misión.

b) Miembros de las oficinas consulares españolas, comprendiendo tanto al jefe de éstas como al funcionario o personal de servicios a ellas adscritos, con excepción de los vicecónsules honorarios o agentes consulares honorarios y del personal dependiente de ellos.

c) Titulares de cargo o empleo oficial del Estado español como miembros de las delegaciones y representaciones permanentes acreditadas ante organismos internacionales o que formen parte de delegaciones o misiones de observadores en el extranjero.

d) Funcionarios en activo que ejerzan en el extranjero cargo o empleo oficial que no tenga carácter diplomático o consular.

2. No será de aplicación lo dispuesto en este artículo:

a) Cuando las personas a que se refiere no sean funcionarios públicos en activo o titulares de cargo o empleo oficial y tuvieran su residencia habitual en el extranjero con anterioridad a la adquisición de cualquiera de las condiciones enumeradas en aquél.

b) En el caso de los cónyuges no separados legalmente o hijos menores de edad, cuando tuvieran su residencia habitual en el extranjero con anterioridad a la adquisición por el cónyuge, el padre o la madre, de las condiciones enumeradas en el apartado 1 de este artículo.

#3

Re: ¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?

A lo añadido por Javimate sólo decirte que no estarías obligada a presentar IRNR tampoco; te adjunto un manual del Impuesto "oficial", un poco desfasado, pero no han cambiado más que los tipos.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Segmentos_Usuarios/Empresas_y_profesionales/Empresario_individuales_y_profesionales/Folletos/IRNR_enero_2011.pdf

En la página 31 en el cuadrado de arriba puedes ver que no estás obligada si se te ha practicado la retención.

#4

Re: ¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?

Acerca de la retención aplicada en el salario percibido en España. Si la retención es la correspondiente a todo el año, pongamos 30%, pero sólo se han recibido dos meses de paga, ¿no deberia hacienda devolver parte de esa retención?

#5

Re: ¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?

Yo dije eso respecto a la obligación de presentarla o no, que en su caso no hay obligación.

La cantidad retenida suele ser la misma que el tipo de gravamen del impuesto (creo que ronda el 25% actualmente) luego no suele ser necesario presentar pues le saldría a cero, PERO al tratarse de residente en país comunitario le son deducibles los mismos conceptos que en el IRPF (Seguridad social y derchos pasivos, principalmente), los cuales no tienen por qué haberse aplicado por el pagador, con lo que a lo mejor si le interesa presentarla.

Así mismo debe presentarse una declaración por cada devengo total o parcial de renta sometida a gravamen.

#6

Re: ¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?

Hola Kyrie

Gracias a todos por las respuestas, pero sigo hecha un lío (como podeís ver no soy un as en esto de la renta).

Entonces según pensaís no debería de presentar la declaración de la renta porque no cumplo los mínimos, no?
Se me olvido especificar que mi vivienda esta sujeta a las condiciones de vpo y que recibo todos los meses una subsidiación de cuota de unos 70 euros aproximadamente, ¿este dato cambia la obligación de presentarla?

Vaya lío es todo esto, si lo se me quedo en mi casa!!

Gracias por todo nuevamente.

#7

Re: ¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?

Esa vivienda por la que recibes la subvención cambia mucho la cosa... Ahora sí estas obligada a hacerla todos los años, si no la alquilas por Imputación de Rentas Inmobiliarias y si la alquilas por lo que te paguen (Pags. 31 y sigs. del documento que te puse).

Por otra parte esa subvención tamibén tendrías que declararla como Ganancia Patrimonial en el IRNR.

Sé que es un lío, pero es lo que hay por estos lares ibéricos... También puedes pasar del tema y confiar en que no te cazen, pero como te cazen estoy convencido de que van a intentar a ir a por ti por IRPF por tener aquí tu centro de intereses económicos (es decir, que tienes en España tu mayor parte del patrimonio)

Un saludo.

#8

Re: ¿Obligado a hacer la declaración de la renta de España si emigras a otro país comunitario?

Mi marido está en la misma situación. Yo sí entiendo bastante de fiscalidad, por mi trabajo.
Antes de irse, nos informamos en Hacienda española y en Hacienda alemana. I mi sorpresa fué que no se ponian de acuerdo en la forma de tributar.

En España, nos dijeron que como dejaba la vivienda habitual y la familia aquí, aunque residiera en un país comunitario, se consideraba "residente fiscal" español y nos confeccionaron un certificado que así lo decía para presentar en Alemania y que no le hicieran retenciones, por tanto debía hacer la declaración aquí incluyendo las rentas percibidas en el extranjero.

Pero una vez allí, no hicieron ningún caso de dicho certificado alegando que debían hacerle retención como a todo el mundo y le dieron una documentación de "Convenio Comunitario" traducida al alemán y al castellano para que fuera sellada por hacienda española, que cuando fui a presentar, no tenían ni idea de lo que era.

Como tu, he buscado mucho por internet y he encontrado opiniones de todo tipo, así que estoy convencida que en España o en Alemania, haremos algo mal.

No entiendo que sea tan difícil que la propias administraciones se pongan de acuerdo con la inmigración que hay hoy en dia