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Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración

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Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración
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Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración
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#9

Re: Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración

Gracias, Lunático, o sea que mejor no recurro la liquidación ya que no tendría posibilidad de que me aceptaran realizar una complementaria del 2012 ¿no?, mejor la pago cuanto antes y tampoco recurriré la sanción para que me aplicen el descuento, pero es que la diferencia entre declarar la ayuda de una vez y en cuatro partes me supone dos mil y pico euros más, ¡me da una rabia! y todo por aceptar su borrador sin comprobar. ¡Qué razón tienes al decir que son estrictos con el pequeño contribuyente!

Un saludo y gracias de nuevo

#10

Re: Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración

Buenas noches,

Perdonad que no haya contestado antes, no había visto el correo hasta hoy, he estado un poco desconectado.

Os comento mi caso, presenté las alegaciones y me desestimaron todas salvo la ayuda que no me habían pagado (faltaría más!).

Al igual que en tu caso, además de llegarme la propuesta de liquidación, me llegó la apertura del expediente sancionador, considerada como falta leve.

Tengo un amigo que es abogado y se dedica a temas tributarios. Hablé con él y me dijo, al igual que te dice Lunático, que es una vergüenza las perrerías que nos están haciendo a los pequeños contribuyentes, que hay órdenes directas del Ministerio de Hacienda para recaudar, y a pesar de nuestra buena voluntad, siempre van a por las soluciones más gravosas para el contribuyente, todo lo contrario a lo que debería ser según lo que dice la normativa de la Agencia Tributaria.

Es más, él me dijo que podíamos recurrir, porque hacen una interpretación de la ley. Te pongo lo que me puso literal porque está escrito bastante claro:

"En la Ley se permite que ese tipo de ayuda se declare en el período impositivo en que se obtengan y en los tres siguientes. La interpretación que hace Hacienda en los fundamentos de derecho ("Se desestiman las alegaciones presentadas, dado que la Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE), podrá imputarse por cuartas partes en el período impositivo en que se obtengan y en los tres siguientes. No obstante ello solo es posible si el contribuyente opta por esta imputación en cuartas partes al presentar su declaración. El declarante no ha declarado esta ayuda, por tanto, no puede ejercitar la opción.") es en nuestra opinión contraria a derecho, por ser errónea y por supuesto gravosa para el contribuyente. No dudan en hacer interpretaciones de las normas tributarias a su total conveniencia. Lo cierto es que la ley, en este punto es bastante clara, y dice lo siguiente:

(Ley del IRPF) Art. 14.2.i) Las ayudas incluidas en el ámbito de los planes estatales para el acceso por primera vez a la vivienda en propiedad, percibidas por los contribuyentes mediante pago único en concepto de Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE), podrán imputarse por cuartas partes en el período impositivo en el que se obtengan y en los tres siguientes.

Lo que no dice la Ley, es que el contribuyente pierda esa opción de imputar en cuartas partes dicha ayuda, por el hecho de no haberlo declarado en un primer momento. Esta es una interpretación pura y dura de Hacienda, ya que tampoco mencionan qué artículos o norma motivan dicha afirmación. Es evidente que las ayudas se ha dejado de declarar, pero deberían admitir una declaración complementaria del ejercicio 2012 subsanando dicho error, o bien una vez solicitado mediante tu anterior escrito, practiquen una liquidación provisional (paralela) en este sentido, dándote la oportunidad de hacer bien las cosas, conforme a la buena voluntad y a la buena fe, y no dando por sentado que ha sido un error intencionado y además de proponerte lo más gravoso, acompañarlo de una sanción. Nos tratan como a delincuentes y nos obligan a estrujarnos los sesos para intentar demostrar lo contrario, cuando debería ser al revés..."

Pues eso, que me ha dicho que puedo recurrir, pero que nos podemos ir a un proceso largo... Y como al final lo pierda, en lugar de pagar los 2900 € + casi 800 € de sanción con la reducción, se me puede prácticamente doblar lo que tendré que pagar con los intereses. Por eso, además, nos ponen el caramelo de pagar la sanción con el 50% de descuento si no recurrimos, sabiendo que juegan con el miedo del ciudadano y nuestra débil economía para decidir desde el miedo, es vergonzoso la verdad.

Poco más te puedo decir, desde luego que han perdido un votante, y no para una legislatura, sino que no les pienso volver a votar. Ya está bien del bipartidismo corrupto de este país en el que nos sangran a las clases medias y bajas mientras los que verdaderamente defraudan, son inmunes al Sistema.
Está claro que no todos somos iguales ante la Ley.

Espero haberte ayudado. Un abrazo

#11

Re: Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración

Obviamente hay mucha base legal para recurrir, e incluso denunciar al funcionario que firma la propuesta por prevaricación, o correrlo a gorrazos por simple ignorancia.

Si bien el 119.3 dice eso que elegida una opción en una declaración, ya no es modificable (salvo en el periodo reglamentario de presentaciones), el 119.1 también dice "Se considerará declaración tributaria todo documento presentado ante la Administración tributaria donde se reconozca o manifieste la realización de cualquier hecho relevante para la aplicación de los tributos"

O sea, las alegaciones presentadas ante un requerimiento son DECLARACIONES.

Obviamente no son autoliquidaciones, pero sí son declaraciones.

Y si en las alegaciones el contribuyente ejercía su potestad (eso del "podrá") de declarar esas ayudas del AEDE por cuartas partes, la administración tributaria no es quien para ejercer de oficio esas potestades, ni puede negarselas al que la Ley otorga el poder de opción.

Lo que no se puede hacer, en base al 119.3, es modificar a conveniencia la opción elegida. Y si esta opción (esta potestad) fue ejercida mediante autoliquidación en el periodo reglamentario, va a misa.

Sería el caso de alguien que declaro de golpe la ayuda, y luego se entera que podia fragmentarla, y hace una solicitud de ingresos indebidos. No sería legal.

O que por cambios en la tributación, y sus condiciones económicas, se diera cuenta que le habría salido más a cuenta declararla de golpe el primer año, en lugar de fragmentarla. Tampoco sería legal.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#12

Re: Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración

Siento discrepar con tu criterio, pero creo que el funcionario ha hecho lo que tenía que hacer y es lo que hubiera hecho yo: si te hacen una complementaria incluyendo un ingreso que no has declarado, lo normal es que te lo metan íntegro en ese año. Toda opción que te dan para tributar de una u otra manera se entiende en principio elegible en período voluntario, fuera de él se hace de la forma normal, es decir, todo en el año del devengo. Ten en cuenta que te están regularizando mediante una complementaria hecha por la Administración, que ya no elige sino aplica la norma tal cual era en origen; cuando dice "podrán" es que lo pueden hacer si lo eligen, si no se ha declarado, el "podrán" desaparece. Y es que por lo que he leído, esa opción no se eligió en el período reglamentario, pretende que se lo apliquen en el trámite de audiencia. Me parece un poco fuerte que acuses al funcionario de prevaricación por interpretar así la normativa. Además ya has visto que no es el único que lo hace así.
De todas maneras, es cierto que es discutible y susceptible de recurso, puesto que hay casos parecidos de elecciones que si se pueden aplicar fuera del período voluntario, por ejemplo la deducción de vivienda habitual en sucesiones.

Un saludo

#13

Re: Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración

Yo creo que sí voy a recurrir ahora no sé muy bien cómo enfocarlo, de entrada había pensado:
1.- Reconozco que no declaré la ayuda por desconocimiento y que acepté el borrador que me enviaron, por lo que deberían considerar que no hay mala intencionalidad.

2.- Al comunicarme Hacienda el error cometido mediante una propuesta de liquidación provisional, es cuando yo ejerzo mi poder de opción y solicito en las alegaciones declarar en 4 partes la Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE) según el art. 14.2.i

3.- En cuanto al art. 119.3 en el que se basan para desestimar mi opción, sería interesante si pudiera aportar algún caso en el que se hubiera aceptado, fuera del período voluntario, ejercitar la opción, alguna consulta vinculante en el "Informa" de hacienda o en algún otro sitio, tal como dice leopol72 en los casos de deducción de vivienda habitual en sucesiones.

No sé si está bien o mal enfocado ya que no soy abogado por lo que os agrsdecería que me aconsejaseis ya que seguro que teneis más experiencia que yo.

Muchas gracias y un saludo

#14

Re: Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración

Si no fuera porque les da mayor recaudación, no aplicarían así la norma.

Justamente lo que establece el 119 de la LGT es que "DECLARACIÓN" (que solo es uno de los tipos de documentos) es TODO lo que el obligado tributario comunique, con relevancia tributaria, a la administración.

La propia LGT distingue muy claramente entre AUTOLIQUIDACIONES y DECLARACIONES.

En este caso hubo una AUTOLIQUIDACIÓN inicial, imagino presentada en plazo reglamentario.

Posteriormente se abrió un procedimiento de Gestión Tributaria, y se procedió a efectuar un REQUERIMIENTO, acompañado o no, ya en su fase inicial de una PROPUESTA de modificación de la AUTOLIQUIDACIÓN.

Ante ese REQUERIMIENTO el obligado tributario presenta DECLARACIÓN ("Alegaciones al requerimiento tal tal y cual"), donde opta (dado que es su potestad) por la fragmentación de dicha subvención.

La administración tributaria procede a desestimar la DECLARACIÓN, y se queda como buena con su propia propuesta de modificación de la AUTOLIQUIDACIÓN.

Es cierto que una AUTOLIQUIDACIÓN de oficio es plenamente válida, ante la ausencia de DECLARACIONES. Pero no es el caso. De aquí viene lo de prevaricación.

Existiendo DECLARACIÓN (y las Alegaciones SON "declaración"), donde por primera vez el obligado tributario incorpora dicha renta y opta por una de las formas legales de declararla, no puede la administración negar su existencia solo porque económicamente le interese por objetivos de rcaudación.

Y es más, esa DECLARACIÓN sí ha sido presentada en plazo, ya que al ser formalmente unas Alegaciones, éstas se presentan dentro del plazo previsto por el propio requerimiento iniciado por gestión tributaria.

Además, esta potestad declarativa de fragmentar en cuartas partes dicha ayuda, que constituye una posoble bonificación fiscal, no está legalmente condicionada al cumplimiento de ningún requisito concreto de forma ni plazo. Al contrario que las bonificaciones de la seguridad social, por ejemplo, que si tienes incumplimientos, pierdes el derecho a las bonificaciones. En el IRPF no existe esa "penalización automática".

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#15

Re: Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración

Bueno vale, me has convencido, si hubiera sido yo se la habría aplicado y le habría imputado por cuartas partes si me hubiera hecho semejante alegación, ya que no encuentro motivo de momento para negarla.

Un saludo

#16

Re: Requerimiento AEAT por no incluir la AEDE en la Declaración

Hola, entonces ¿tú crees que podría presentar un recurso de reposición con posibilidades de ganarlo? el problema sería que no me aplicarían el descuento en la sanción, aunque tendría la opción de pagar y reclamar. No sé, estoy hecho un lío, te agradecería que me aconsejaras qué hacer y cómo presentar el recurso. Otra duda que tengo es si en el "Acuerdo de Iniciación y Comunicación del Trámite de Audiencia del Expediente Sancionador" si presento alegaciones a la sanción de no intencionalidad de fraude pierdo la reducción o es la liquidación la que no puedo recurrir. Por favor, necesito ayuda.

Muchas gracias