Teniendo en cuenta que hasta el 1 de enero de 2013, de todos los tipos de ganancias y pérdidas patrimoniales, se consideraban renta del ahorro las obtenidas por transmisiones de elementos patrimoniales (venta de acciones). Te copio la descripción de la casilla 369, que es en la que deberías incluir las pérdidas a compensar de años anteriores:
Casilla 369. Saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2009 a 2012 a integrar en la base imponible del ahorro.
Si el contribuyente tuviese alguna cantidad pendiente de compensación procedente de los ejercicios 2009, 2010, 2011 y/o 2012, en concepto de saldo neto negativo de ganancias y pérdidas patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro, se consignará en la casilla 369 el importe de los citados saldos que se compensa en la declaración del presente ejercicio, teniendo en cuenta que dicho importe no podrá ser superior en ningún caso al previamente consignado en la casilla 368 anterior.
En tu caso, debes tener en cuenta que para poder compensar pérdidas de la base del ahorro, debes obtener saldos positivos en la base del ahorro y, a partir de 2013, las ventas de acciones a corto plazo se consideran parte de la renta general. Por tanto, deberías vender acciones a largo plazo, para que se considerasen renta del ahorro.
Supongamos que se trata de ventas de acciones que compraste más de un año antes al momento de la venta (largo plazo):
- Al obtener pérdidas patrimoniales el saldo de la casilla 368 será cero, por tanto no podrás introducir ninguna cantidad a compensar en la casilla 369. Entonces te quedarán 3 años para compensar los 100 euros del 2012 y 4 años para compensar los 50 euros de 2013.
- Al obtener ganancias por 50 euros, el saldo de la casilla 368 será de 50 euros, por tanto en la casilla 369 podrás compensar hasta 50 euros. Entonces te quedarían 3 años para compensar los 50 euros procedentes del 2012 que faltan por compensar.
Es un poco lioso, pero espero que te sirva.
Un saludo.