supongo que a lo que te refieres es a que hubieras podido hacer declaración conjunta al estar ya casados y como ella no tiene ingresos te hubiera salido mejor así. Ignoro si se puede cambiar el estado civil o no pero lamento decirte que el tipo de declaración conjunta o individual es una cosa que no se puede cambiar una vez ejercida la opción deseada. Es decir, aunque pudieras hacer una declaración complementaria diciendo que estabas casado no podrías hacerla conjunta porque ya ejerciste la opción a individual. Y una declaración individual estanco casado o estando soltero da identico resultado. Para este año ya sabes...
(de la web de la agencia tributaria)
Tributación individual y tributación conjunta.
Con carácter general, la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se presenta de forma individual. No obstante, las personas integradas en una unidad familiar, pueden optar, si así lo desean, por declarar de forma conjunta, siempre que todos sus miembros sean contribuyentes por este impuesto.
Una vez ejercitada la opción por tributar de forma individual o conjunta, no es posible modificar después dicha opción presentando nuevas declaraciones, salvo que éstas se presenten también dentro del plazo de declaración; finalizado dicho plazo, no podrá cambiarse la opción de tributación para ese período impositivo.