¿Podrías aclararlo, por favor?
Si cada cónyuge hace declaración individual, seguramente debería hacerse como dices, aunque no lo tengo claro del todo.
Pero si, al ser matrimonio, optan por la conjunta, ese hijo debe aparecer por algún lado. El programa de la AEAT prevé la situación C, que me parece adecuada a lo que comenta tested74: Hijo del cónyuge si no convive con el otro progenitor
Por eso, aunque puedo estar equivocado, creo que incluso en declaración individual debería incluirse ese hijo del cónyuge porque la madre no puede considerar que forma "unidad familiar" sólo con el hijo, excluyendo al marido. Lo que obligaría a presentar declaración individual a todos ellos.
Si no hubiera matrimonio sí debería hacerlo así y en cambio NO PODRÍA con la pareja actual.
O sea que la "unidad familiar" son todos los integrantes del matrimonio con los hijos, tanto comunes como los previos a la relación.
Me gustaría conocer en qué está errada mi consideración.