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¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?

10 respuestas
¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?
¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?
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#1

¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?

Buenas.
Mi suegro, vendió su casa el año pasado, el primer año la tuvo alquilada con opción a compra y luego el segundo la vendio.
El tiene 70 años ,¿ debe hacer declaración de IRPF?
El ha pagado la plusvalía correspondiente y los gastos gastos de la venta.

Que debe hacer, y como???

Agradecería que me dijerais los pasos a seguir.
La venta tuvo lugar en un pueblo de Córdoba.

Gracias.

#2

Re: ¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?

Si la vivienda vendida no tenía, ni tuvo en los dos años anteriores, el carácter de habitual, deberá cuantificar la ganancia o pérdida patrimonial que de la venta se deriva y en principio, salvo que esta fuese la única renta de la que dispuso durante el año y el resultado no supere los 1.000,00€ de ganancia o 500€ de pérdida, estaría obligado a presentar declaración.

La ganancia o pérdida se determina por la diferencia entre los valores de transmisión (menos gastos) y adquisición más gastos. Utiliza el PADRE para determinarla.

Saludos.

#3

Re: ¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?

Si tiene plusvalías estas están exentas de tributación y no tiene que declararlo.

Art.33 de la Ley 35/2006 Transcribo punto 4:

4. Estarán exentas del Impuesto las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto:

a) Con ocasión de las donaciones que se efectúen a las entidades citadas en el artículo 68.3 de esta Ley.

b) Con ocasión de la transmisión de su vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia de conformidad con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

c) Con ocasión del pago previsto en el artículo 97.3 de esta Ley y de las deudas tributarias a que se refiere el artículo 73 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

Saludos

#4

Re: ¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?

¿Era todavía vivienda habitual?

No queda muy claro eso de los dos años.

Si la venta se produjo antes de dos años, fecha a fecha, desde que dejó de habitarla, es tal como dice el art. 33.

Si fecha a fecha pasaron más de dos años, es una venta común de una propiedad cualquiera, sin derecho a exención.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: ¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?

Gracias. Harko.
Pero tengo dudas.
Si estuvo empadronado un año antes de vender la vivienda...debe declarar la venta, habiendo pagado la plusvalía correspondiente al ayuntamiento. El tiene otra renta que es su pensión, y la ganancia supera los 1.000€.

Ese dinero obtenido, en la ganancia lo ha dejado como préstamo personal a uno de sus hijos, para ayudarle a pagar su hipoteca. ¿ sigo sin tener claro si hay que declarar o no?

La vivienda se adquirió en herencia, como podríamos saber el valor de adquisición??

#6

Re: ¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?

Gracias. Lunático.
Pero tengo dudas.
A) Lo de las donaciones no lo entiendo.
Mi suegro creo se dio de baja del empadronamientos una año antes de vender la vivienda(me asegurare) además esta fue adquirida en herencia y se han ido a otra vivienda que antes solo usaban en verano.
En la venta ha pagado la plusvalía correspondiente al ayuntamiento. El tiene otra renta que es su pensión, y la ganancia supera los 1.000€.

Ese dinero obtenido, en la ganancia de la venta lo ha dejado como préstamo personal a uno de sus hijos, para ayudarle a pagar su hipoteca. ¿ sigo sin tener claro si mi suegro debe declara o no ?

#7

Re: ¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?

Si cuando vendieron la vivienda ambos conuyges, si no es viudo, tenían mas de 65 y había sido su vivienda habitual al menos 2 años antes de venderla, está exenta.

#8

Re: ¿La venta de un segunda vivieda por un jubilado se debe declarar?

Gracias.