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Plan pive

9 respuestas
Plan pive
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#1

Plan pive

el año pasado una persona se compro un coche y dio a cambio otro acogiendose al plan Pive, el concesionario me dio un certificado indicandome que el gobierno me subvenciono el coche nuevo con 1000,00.-euros, ¿se tiene que incluir esta cantidad en el IRPF del 2013, si es asi en que casilla?, Muchas Gracias

#2

Re: Plan pive

Casilla 239.... Saludos

#3

Re: Plan pive

muchisimas gracias, buen fin de semana para todos

#4

Re: Plan pive

hola de nuevo Lunatico, he ido a la casilla 239 a incluir lo del plan pive y leo que esa casilla dice mas o menos " Subvenciones y ayudas destinadas a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual,...,", ¿lo incluyo de todas formas en esa casilla, o seria mejor en otra?, gracias de nuevo

#5

Re: Plan pive

Puedes elegir la 242 que es mas genérica , el efecto fiscal es el mismo...Saludos

#6

Re: Plan pive

lo dicho, buen fin de semana. Gracias por todo

#7

Re: Plan pive

Tengo una duda sobre la declaración del Plan PIVE. estoy pensando un comprar un coche viejo (300-500 euros) y en 1 mes comprar un coche nuevo y que me apliquen el Plan PIVE. Mis dudas son las siguientes:

1- Es legal comprar un coche para beneficiarte del plan PIVE?
2- en el caso de declarar la ayuda en la renta del próximo año, ¿se decuenta de perdidas patrimoniales que haya tenido por la venta del piso?

La segunda duda, viene por poder compensar perdidas de la venta de un piso del 2012. La situación es la siguiente, con la venta del piso tuve una perdida patrimonial de cerca de 7000€ y otra de 18000€ por devolver las ayudas al tratarse de un piso de protección oficial. Las segundas en las rentas del año pasado y este han ido disminuyendo al declararlas y por lo tanto hacienda me va devolviendo dinero. Pero las primeras siguen intactas, sino me equivoco sólo las puedo compensar con ganancias y no se si el PIVE entraría dentro de esas ganancias.

Gracias.

#8

Re: Plan pive

¿Nadie me puede ayudar?

Lo que me interesa saber es si las ganancias por el Plan PIVE se ven compensadas por "Saldos netos negativos de ganancias y perdidas patrimoniales de años anteriores a integrar en la base imponible del ahorro".

Gracias.