Acceder

¿Bonificación donación?

14 respuestas
¿Bonificación donación?
¿Bonificación donación?
Página
2 / 2
#9

Re: ¿Bonificación donación?

Si contestas al interesado y no a mi, a lo mejor hasta se entera de tu aportación...

Un saludo

#10

Re: ¿Bonificación donación?

Te agradezco la aportación, pero por desgracia no es tan sencilla la situación ya que somos varios hijos y si se hace esa donación de dinero se detraerá de la futura herencia.

En todo caso, gracias!

#11

Re: ¿Bonificación donación?

A colación de tu respuesta nº 4 se me plantea otra duda, en ese plazo de 4 años de que dispone la administración para dar el visto bueno o no, los posibles cambios normativos futuros ¿no le afectarían no? se tendría en cuenta la normativa vigente del momento de la autoliquidación ¿o no? porque como corren rumores acerca de una posible armonización fiscal en este impuesto...

Saludos y gracias

#12

Re: ¿Bonificación donación?

LA normativa a aplicar es siempre la vigente en el momento del devengo, es decir, en el de la donación. Si bien es cierto que ciertas cosas como las valoraciones de la Administración pueden hacerse con normativas posteriores. Pero los elementos básicos del impuesto, base, cuota, bonificaciones, etc, aunque cambien ya no te afectarían.

Un saludo

#13

Re: ¿Bonificación donación?

Se me plantea otra duda, por la fecha de devengo, ¿cual se entiende por ejemplo en una transferencia de dinero, si por ejemplo ordenan la transferencia un viernes y el dinero llega un lunes?

Por otra parte, teniendo presente que el período para hacer la liquidación del impuesto son 30 días (en otras comunidades días hábiles) ,¿qué sucede si se presenta la liquidación fuera de ese plazo? ¿no podrías acogerte a las reducciones-bonificaciones, o por el contrario sí que podrías acogerte pero tendrías que pagar mora o alguna sanción?

Gracias!

#14

Re: ¿Bonificación donación?

Dejando aparte el tema de la aceptación, si no puedes disponer del dinero, no te han donado nada, así, que desde que el dinero está disponible. En la bonificación de Castilla-LA Mancha, es requisito indispensable presentar y pagar el impuesto en plazo, si se hace fuera, no se puede aplicar y te exigirían la cuota sin bonificación, en otras CCAA no lo sé.

Un saludo

#15

Re: ¿Bonificación donación?

Gracias por la aclaración, la ley nuevamente presenta lagunas a mi parecer, dado que alude al momento en que se celebra el acto o contrato, sin especificar mucho más.

En lo que respecta a la posibilidad de perder el beneficio fiscal al exceder el plazo del mes para la presentación, matizar que lo que se aplicaría es la reducción, y no la bonificación, no sé si eso cambiaría el supuesto.

Gracias y felices fiestas

Te puede interesar...
  1. Fiscalidad de la lotería de Navidad e inversión con sentido común.