Rectificación de autoliquidación por devolución de complemento a minimos
Un saludo a todos.
Durante los años 2009, 2010, 2011 recibí indebidamente el complemento a mínimos de la pensión de jubilación.
Después de las distintas notificaciones me ofrecieron devolver el dinero todo junto o la opción que me acogí de devolver este complemento, a plazos, es decir me iban descontando de cada mensualidad las cantidades correspondientes de los 3 años.
He terminado de devolver dichas cantidades en 2014 y he realizado a la agencia tributaria una propuesta de rectificación de los ingresos declarados en 2009, 2010, 2011. Con los años 2010 y 2011 no he tenido problema y me han admitido y devuelto la diferencia por haber tenido menos ingresos. El problema es el año 2009 porque me comunican la desestimación por esta fuera del plazo de cuatro años para solicitar la devolución.
¿Puedo alegar que el complemento a mínimos del año 2009 no he terminado de devolverlo hasta 2014 y hasta que no he terminado de devolverlo no he recibido el documento que acredita que la deuda ha sido saldada? o por el contrario al recibir la notificación de haber percibido indebidamente el complemento a mínimos podía haber solicitado la rectificación de los ingresos sin haber terminado de devolver la deuda.
Muchas gracias de antemano.