Deducción por Vivienda de Alquiler
Empty: Leyendo con más atención las instrucciones de la Declaración de la Renta 2014 en lo relativo a la deducción por alquiler de vivienda me surge una duda. Verás el contrato de arrendamiento que suscribimos mi mujer y yo, como arrendatarios, el 30/09/2005 en la Agencia Inmobiliaria INDECO XXI de Gijón, dice, textualmente, en la cláusula
"SEGUNDA: El presente contrato tiene una duración de ONCE MESES y se otorga por la temporada que va desde el día uno de noviembre de 2005 hasta el uno de octubre de 2006. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará de acuerdo entre ambas partes por plazos anuales hasta un máximo de cinco años."
Transcurrido ese plazo ni los propietarios ni nosotros, los arrendatarios, hemos denunciado el vencimiento del contrato. Nosotros porque estamos cómodos en la zona y los propietarios, intuyo, porque han cobrado puntualmente todos estos años y, es posible, que para evitar que les pidiese una reducción del alquiler, ya que no es precisamente barato, en estos tiempos, en Gijón (800€/mes), tratándose de un piso de +30 años y 90 m2, considerando las cifras de paro existentes en Asturias.
Así las cosas salvo que interprete incorrectamente las instrucciones de la Declaración de la Renta creo que, para el 2014, no podré incluir en la declaración de mi mujer la deducción por alquiler de vivienda; en la mía no es posible porque excedo los 24.107,20€.
Muchísimas gracias por tu respuesta
Saludos cordiales