Repetido de [1] Tributación de acciones excluida da de cotización (...)
A colación [1] Tributación de acciones excluida da de cotización por compra/venta pública fuera del mercado, en un acto que deba formalizarse ante notario, que tramite una gestoría y que tenga gasto de inscripción en un registro, básicamente la venta de un inmueble, ¿pueden las partes pagar esos gasto como gusten, por ejemplo, todo una parte, la otra, el 50% cada uno o según leyes y costumbres o esos gastos se imputan a quien corresponden y se debe pactar, si se desea, un precio distinto por la venta que compenses esos gastos que se ha pactado con la otra parte cómo se repartirían?
Ejemplo: te vendo mi (compro tú) vivienda por 100.000 euros limpios y todos los gastos e impuestos los pagas tú. ¿Puede hacerse así o deberíamos pactar un precio algo mayor (menor) porque ciertos gastos e impuestos corresponden al comprador y ciertos al vendedor obligatoriamente.