Declaración de la renta de una heredera
Mi consulta es la siguiente.
Un matrimonio tenia derecho a deducirse el 35% de lo que pagaba por una hipoteca (anteriormente ya se habían deducido la diferencia). El marido fallece en el 2014 y la mujer queda como única heredera, llegando a un acuerdo con el banco para pagar solo intereses durante X años al no hacer frente a la cuota de la hipoteca que había.
Mi pregunta es si de lo que ha pagado solo se puede deducir el 35% o se puede deducir el 100%.
Con números, cuota en vida de los dos 1.000 euros, de los cuales el marido se deducía el 35% del 50% (al estar en gananciales), y la mujer nada porque su IRPF era 0.
Ahora la mujer paga 300 al mes, entiendo que solo se puede deducir el 35% de esa cantidad y no el 100%.
Un saludo y gracias.