Declaración Complementaria por pago Administrador Concursal
Buenas tardes, estoy en un mar de dudas preparando una complementaria del ejercicio 2013. Intentaré resumir el caso.
En marzo de 2013 la empresa presentó un ERE de extinción que concluyó a finales del mismo mes con el despido de los 17 empleados, dejando a deber la extra de diciembre de 2012, enero, febrero y marzo (y la parte proporcional de la extra de julio) de 2013, y la indemnización por despido. La empresa emitió certificado de retenciones (a los trabajadores y a Hacienda) como si sí hubiera pagado los salarios.
Al realizar la declaración del ejercicio 2013, Hacienda no nos dejó introducir en la declaración el IRPF que constaba el certificado de empresa porque no se había realizado pago de ninguna nómina en el ejercicio.
En marzo de 2014, el Administrador Concursal ha pagado 1.290,60€ "contra la masa", así que nos vemos obligados a realizar una complementaria del ejercicio 2013. El lío viene porque ahora tengo que añadir ese pagador en el programa PADRE para la declaración complementaria y no tengo claro los datos que tengo que poner.
¿El dinero "contra la masa" que ha pagado el administrador concursal es un importe bruto al que no se ha practicado retención alguna, o es un importe neto y se asume la retención que en su día puso la empresa en el certificado de retenciones?
Si es un importe neto, ¿cómo calculo el bruto que tengo que asignar a este pagador en el programa PADRE? ¿Sumo lo percibido del Administrador Concursal más la retención que consta en la nómina de marzo más la Seguridad Social que consta en la nómina de marzo?
En el apartado de retenciones, ¿puedo descontar todas las retenciones de 2013, sólo las del último mes, o sólo una parte de las del último mes (tengo que señalar que los 1.290,60€ "contra la masa" es un importe menor que el neto que refleja la nómina impagada de marzo de 2013)?
A ver si alguien puede arrojar un poco de luz sobre esto.
Muchas gracias,
angelz