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Subvención Pública por utilización de Energías Renovables

3 respuestas
Subvención Pública por utilización de Energías Renovables
Subvención Pública por utilización de Energías Renovables
#1

Subvención Pública por utilización de Energías Renovables

Buenos dias:
He recibido datos fiscales con el importe de 5.175 en concepto de Subvención Pública, desconociéndose el destino de la misma.
La ayuda que solicité en 2011, fue mediante la Convocatoria de ayudas de Energías Renovables y Biocarburantes de la Generalitat Valenciana donde resido.Y de conformidad con la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones art.13.
Recibí la subvención en agosto de 2014 y por eso me llega ahora en los datos fiscales de este ejercicio.
He llamado al telefono de atención de la AEAT, y me comentan que tengo que declararla como incremento patrimonial?????
Yo creo que esto no puede ser así.
Con el programa PADRE, se me abren un listado de opciones, entre los que figuran Subvenciones por Adquisición de vivienda, etc...e incluso Subvención Exenta.
Alguien podría indicarme , exactamente donde debo incluirla? Tanto en la parte Estatal como en la Autonómica?
Para poder instalar este tipo de calefacción, solicité un Prestamo ICO de 10.500 euros ,al amparo de Contrato de Financiación Linea ICO INVERSIÓN SOSTENIBLE 2011.El cual nunca he declarado, porque desconozco si se puede , al menos intereses?
por si lo consideran como un prestamo personal como cuando te compras un coche.
Agradeciendo vuestra ayuda
Saludos.

#2

Re: Subvención Pública por utilización de Energías Renovables

Sobre si procede declararla en el IRPF, es valido el siguente criterio expuesto por la propia hacienda:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Renta_2014/_INFORMACION/Ayuda/Preguntas_frecuentes_generales_sobre_el_IRPF/He_recibido_una_subvencion___Como_se_si_esta_exenta___Como_tengo_que_declararla___Como_modifico_el_borrador_.shtml

O sea, sí hay que declararla, y como Alteración patrimonial NO procedente de transmisión.

Sobre en que ejercicio hay que declararla, hay que imputarla al ejercicio en que fue "exigible", en general en el que el órgano administrativo correspondiente comunicó su concesión, y en defecto o ausencia, cuando se recibió. EL forero Harko expuso una consulta vinculante referente al caso:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/963106-ayudas-estatales-comunidad-renta-declaracion#respuesta_963307

La inversión realizada en el año 2011 podía acogerse a la deducción por obras de mejora energética. Si no lo hiciste, deberías solicitar devolución de ingresos indebidos.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Subvención Pública por utilización de Energías Renovables

Pues si, es un incremento patrimonial no derivado de transmisión de elementos patrimoniales, tributa igual que las subvenciones a la compra de vivienda, pero justo en una de las siguientes casillas, nº 266. Salvo que resulte exenta según su normativa, claro.
No te preocupes que el programa hace todo lo demás, no tienes que dividirla en parte estatal y autonómica.

Un saludo

#4

Re: Subvención Pública por utilización de Energías Renovables

Buenas tardes Cachilipox y Leopol72:
Al trasladar los datos fiscales como Subvención para mejora vivienda automáticamente salen los 5175, en la casilla 396 y 398.Y se suman al resto de mis ingresos por trabajo, resultando a pagar.
He seguido el consejo de cachilipox y he introducido en las casillas 656 y 658 (deducciones por obras de mejora en vivienda Ptes. de deduccion (ejercicios 2011 y 2011) las 12 mensualidades del préstamo ICO, y el resultado cambia, resultando a devolver.
Por otra parte, he mirado en las deducciones autonómicas y existe casilla 959, "Deducciones por cantidades destinadas a inversiones para aprovechamiento de fuentes de energias renovables para viv.habitual." Excepto intereses y subvenciónes, por lo que podría introducir de la mensualidad del ICO la parte de capital amortizado, ya que he recibido información de Renta o Patrimonio del banco tanto del P. hipotecario como del ICO. Pero al meter dicha cantidad no sale reflejada.
Son incompatibles la deducciones estatales de las autonómicas?