Este producto financiero, no tienen en el momento de las aportaciones , ninguna ventaja fiscal, no hay que declarar las aportaciones.
La ventaja fiscal esta en el rescate, que no tributan si se transforman en renta vitalicia y se pueden rescatar al cabo de 10 años desde la primera aportacion, sin coste fiscal.
Si se rescatan antes de los 10 años tributara el rendimiento obtenido (capital rescatado menos suma de primas pagadas) por rentas del capital.
En la nueva normativa fiscal estos productos se acortan a 5 años el plazo de liberalizacion ( si no recuerdo mal).
Saludos