-Como tu dices, las debes de declarar como si fueran un ingreso más en el apartado de rendimientos de trabajo personal, casilla retribuciones en especie.
Si se cumplen ciertos requisitos, se consideran rentas exentas. y no tendrías que declararlas. Te copio de la página web de la Agencia Tributaria en el apartado Preguntas frecuentes (INFORMA).:
136358-ENTREGA DE ACCIONES A TRABAJADORES: REQUISITOS PARA LA EXENCIÓN
Pregunta
¿Cuales son los requisitos establecidos para que la entrega de acciones o participaciones a los trabajadores tenga la consideración de rendimiento del trabajo en especie exento?
Respuesta
Para que la entrega de las referidas acciones o participaciones tenga la consideración de rendimiento del traajo en especie exento deberán cumplirse los siguientes requisitos:
La exención se limita a la parte que no exceda, para el conjunto de las entregas a cada trabajador, de 12.000 euros anuales.
Los beneficiarios de la entrega de acciones o participaciones deben ser los trabajadores en activo de la sociedad. Ello implica, en el caso de un plan de concesión de opciones sobre acciones, que si se ejercitan las opciones sin tener la condición de trabajador activo, aun cuando la hubiera tenido en el momento de la concesión de las opciones, no se aplica la exención.
Que la oferta se realice dentro de la política retributiva general de la empresa o del grupo, que contribuya a la participación de los trabajadores en la empresa.
Que el trabajador, junto con el cónyuge o familiares hasta segundo grado no tengan una participación directa o indirecta, en la sociedad en la que prestan sus servicios en cualquier otra del grupo, superior al 5%.
Que los títulos se mantengan, al menos, durante tres años.
-Cuando vendas las acciones, el precio de adquisición será el valor que tengan a fecha de la entrega.
Un saludo.