Despido empresa IRPF
Buenos días a todos/as.
A ver si alguien me puede orientar. Mi empresa y yo vamos a pactar una cantidad sensiblemente por encima de la indemnización de los 33 días por año trabajado. Se trata de un despido en el que ha habido una serie de daños y perjuicios por parte de la empresa hacia mi persona, entonces vamos a llegar a un acuerdo económico para evitar el juicio.
Según me informó el abogado, con la última reforma laboral, toda cantidad que exceda de los 33 días por año trabajado tributa como cualquier otra renta.
¿Sería la empresa la que haría la retención? ¿o la haría yo a la hora de la declaración?
¿algún otro consejo para llevar a cabo lo mejor posible este acuerdo? ¿vía SMAC, juzgado con el secretario judicial?
Y por último, de la cantidad de indemnización el abogado se lleva un porcentaje en concepto de honorarios. Realmente yo no percibo el 100% de la cantidad pactada con la empresa, ¿tengo que tributar por todo, incluido los honorarios del abogado? Imaginemos que he pactado 20.000 € con la empresa, el abogado se lleva un 15% de esos 20.000 € y Hacienda dice que de esos 20.000 están excluidos de tributar los 33 días/año trabajado; el resto tributa. Lo que pasa es que yo realmente no percibo los 20.000 sino un -15% por los honorarios del abogado. No sé si tiene esto alguna forma de ser deducido o al menos no tener que tributar por algo que yo realmente no percibo.
De cara al SEPE, pues cobraré prestación por desempleo, ¿no habrá problema con este acuerdo, no? Vamos que todo es real, que me van a pagar una indemnización elevada, que tributará a Hacienda, etc. Lo digo porque como según se dice el SEPE está revisando todo con lupa para evitar el típico caso de que un trabajador no quiere seguir trabjando y la empresa le hace el favor de hacerle un despido; cuando es una baja voluntaria.
Gracias !
Saludos