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Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición

8 respuestas
Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición
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Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición
#1

Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición

Hola compañeros. Tengo un familiar directo que es ciudadano argentino, residente en España, y le acaban de informar que le van a conceder la Nacionalidad Española. Mi pregunta concreta es: ¿le beneficia en algo a estas alturas (ya que pronto cumplirá 70 años) o le va a perjudicar, impositivamente hablando?

Según el Convenio entre el Reino De España y la Republica Argentina, para evitar la doble imposición, firmado el 21 de julio de 1992 y ratificado el 11 de marzo del 2013 (BOE del 14 de enero de 2014), en su artículo 18 dice: "Las pensiones y Jubilaciones pagadas a un residente de un Estado contratante sólo pueden someterse a imposición en este estado. (Hasta ahí todo claro, no debo pagar aquí por la jubilación que le pagan en Argentina).

En el artículo 19, de las funciones públicas, en el apartado 2a, dice:" Las Pensiones pagadas por un Estado contratante, a una persona física, por razón de trabajos prestados a ese estado (es su caso por ser jubilado de la docencia en escuela pública en Argentina), sólo pueden someterse a imposición en este Estado. (Hasta ahí está todo claro).

Pero, en el apartado b, del mismo artículo 19, complica las cosas al decir: "Sin embargo, estas pensiones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado contratante si la persona física fuera residente y nacional de este estado. ¿Qué significa esto? ¿Que si ahora le dan la Nacionalidad Española, entonces deberá pagar impuestos aquí sobre la jubilación estatal argentina? ¿En ese caso cuanto deberá pagar? ¿Es un porcentaje? ¿Sobre qué cantidades? En Argentina NO LE RETIENEN nada por estos ingresos. Las jubilaciones no están sometidas a retenciones.

Un cordial saludo,
Gracias

#2

Re: Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición

Sin ser experto en estos temas, que son muy complicados, la verdad, lo que parece al leer lo que pones, es lo que dices, que al pasar a tener la nacionalidad y residencia en España, deberá tributar aquí por todo lo que reciba. Por otra parte no es descabellado puesto que es lo que les pasa a los emigrantes retornados, pagan aquí por las pensiones que reciben del extranjero.
En caso de que sea así, hay que ir a la normativa general del IRPF para ver cuanto pagará, si la pensión no es mucha cantidad, lo mismo sigue sin tener que pagar.
Repito que hablo según lo que entiendo al leer lo que pones.

Un saludo

#3

Re: Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición

puedo estar equivocado/a pero veo el acento en la palabra residente, si es residente en españa pagará en españa, con o sin nacionalidad. residente el que pasa mas de 180 dias en españa.

#4

Re: Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición

Hola. Hemos consultado con algún abogado y no lo tienen claro. Yo diría que se aplica el art.19b) por lo que al haber sido empleado público declara en Argentina, pero si obtiene la nacionalidad española pagaría en España, pero veo contradictorio ambos artículos.

Por otra parte, si tuviera que declarar en España, al tener pensión de España (creo que 15 o 20 euros al mes) más la de Argentina, ¿se consideran dos pagadores? El mínimo que se aplica es 11000 euros? Gracias

#5

Re: Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición

Bajo mi punto de vista, si es residente en España es indiferente si tiene o no nacionalidad española.

Debe tributar en el país que tenga su residencia fiscal.

Y en principio, el límite de sus ingresos para estar obligado en el año 2015 es de 12.000 euros brutos.

Un saludo.

#6

Re: Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición

batiscafo, ¿ya sea un pagador o dos?

#7

Re: Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición

Entiendo que sí, porque se supone que el pagador argentino no está obligado a retener.

Un saludo.

#8

Re: Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición

Si obtiene la nacionalidad española su pensión argentina tributa en España. Tendrá dos pagadores, el límite serán 12.000 euros y lo sería incluso con el único pagador argentino.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Pensiones en el extranjero. Convenio doble imposición

no habia tomado conciencia del detalle que se trata de una pensión de funcionario publico.