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Ayuda. 400 euros desempleados.

42 respuestas
Ayuda. 400 euros desempleados.
Ayuda. 400 euros desempleados.
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#9

Re: ayuda. 400 euros desempleados.

Habrá que interpretarlo como medida populista que es: entrará todo el que cumpla las condiciones sin tener en cuenta la fecha. Si no se puede porque la publicación no lo permite ya publicarán otra ayuda que sí lo permita

#10

Re: Ayuda. 400 euros desempleados.

La aprobación de la ayuda de 420 euros para los parados tiene una serie de requisitos que se deben cumplir, y es importante tenerlo en claro para no crear falsas expectativas para quienes están en esa desesperante situación.

Según explica el Gobierno, la solicitud deberá presentarse dentro de los sesenta días siguientes al agotamiento de la prestación o el subsidio por desempleo.

Requisitos:

1) Desempleados menores de 65 años que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo desde el día 1 de agosto y los 180 días naturales siguientes a esa fecha y no tengan derecho al subsidio.

2) Además, no podrán tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

3) Los que hayan extinguido por agotamiento, incluidas las prórrogas, los subsidios por desempleo.

4) Deberán estar inscritos como demandantes de empleo.

5) Tendrán que suscribir el compromiso de participación en itinerarios activos de inserción.

6) Deben comprender que su percepción será incompatible con otras rentas concedidas por las distintas Administraciones Públicas.

7) Existe la obligatoriedad de comprometerse a realizar las distintas actuaciones que se determinen por el Servicio Público de Empleo correspondiente

CONCLUSION, LOS QUE TERMINARON LA PRESTACION HASTA EL 31-07-09, O ANTERIOR NO TIENE DERECHO A ESTA AYUDA. CONCLUSION COMO SIEMPRE NO SATISFACE A TODO EL MUNDO. QUE PENSARA LAS PERSONAS QUE ACABARON EL PARO EL 31-07-09, POR UN DIA NO TENER DERECHO A LA AYUDA. IMPOPULAR Y LOS SINDICATOS YA DECLARAN LA GUERRA.

#11

Re: Ayuda. 400 euros desempleados.

A buenas horas declaran la guerra los sindicatos. Hace 5 o 6 años hubiera tenido sentido, para evitar el empleo masivo de la inmigración en condiciones irregulares. Pero entonces no se aseguraban su parte del pastel.
Y ahora, a escenificar y mover a sus afiliados (los que quedan) para llegar a una catarsis pírrica montando probablemente un pollo bueno para no conseguir ningún objetivo y agotar los recursos materiales y emocionales de los que todavía ponen sus esperanzas de protección en ellos.

No deberían dar este subsidio.

Es una chapuza, es la limosna de la mala conciencia por haber permitido una presión publicitaria omnimediática hacia el consumo irracional y la compra impulsiva con la excusa de la creación de empleo. Vender, vender...¡más madera!; la locura. ¿Quién tiene el dinero ahora?. ¿Quién ahorró?. De socialistas tienen la ideología, francamente. Especialistas de la propaganda y los espejismos...y en llenarse la saca. Los otros por lo menos no engañan, aunque no son mejores.

El bien común está muerto y enterrado. Y con él, la esperanza de un porvenir para el que dependa de un salario. Sólo supervivencia, en el mejor de los casos. Para eso vale el subsidio.

No me extenderé más. Pecibo la inutilidad. Mientras que los perjudicados no aprendan a ver el fondo de los problemas, se perderán en las formas.

#12

Interpretación literal

Para empezar gracias a chumeti y al rodrigo mojarse en una cosa así antes de publicaciones oficiales es un marron, os digo mi opinión, en principio pone qué es para la gente que se quede en paro a partir de agosto, esa interpretación restrictiva dependería de la gente que fuera al paro a partir del 1 de agosto, los cálculos económicos de la medida (dato que debe aparecer en la norma publicada) hablan de 300.000 personas que cumplen los requisitos:

1 de 2 o espera que 300.000 personas entren a partir de ahora en el paro o deben beneficiarse de laayuda casi todos los que ahora se encuentren en la situación de parado demandantes de empleo y sin percibir ningún tipo de prestación ni subsidio.

Ciertamente si sólo son los que se queden ahora, me parece lo más discrecional del mundo, pero parece ser la interpretación literal, supongo que alguien que mañana vaya al inem resolverá la duda

#13

Re: Ayuda. 400 euros desempleados.

300000 desempleados que quitarán de un plumazo de las listas del paro...todo sea por aparentar.

#14

Ya se sabe

No se pude cobrar si se estaba sin paro antes del 1 de agosto, lo que decía dicrecionalidad absoluta, con ésto consiguen quitar de las listas del paro el número suficiente para no llegar a los 5.000.000 de parados.

De verdad no me esperaba algo tan chapucero

#15

Re: ya se sabe

¿ Y por qué no cuentan como parados ?
Al fin y al cabo están como demandantes de empleo ¿ no ?
Si mal no recuerdo, leí que los que están haciendo cursos de formación tampoco cuentan a efectos del cómputo global de parados. ¿ Esto entonces es lo mismo ?

Si es así, vaya engañabobos de estadística no ?
No se por qué será que estas cosas nunca las dicen en TV. Flipante !!!

#16

Re: ya se sabe

Dejo enlace donde viene todo claro... y las protestas de mucha gente por la INJUSTICIA que se ha producido...
http://www.elmundo.es/mundodinero/2009/08/17/economia/1250512977.html

La cobertura extraordinaria de 420 euros para desempleados sólo la pueden pedir aquellos parados que hayan agotado sus prestaciones y subsidios a partir del 1 de agosto. Como Almendros, cientos de parados han recibido un jarro de agua fría cuando se acercaron a las oficinas del Inem y les comunicaron que se quedaban fuera de las publicitadas ayudas del Gobierno por haberse quedado sin sus prestaciones antes.

Marcos, madrileño y actor de profesión, dejó de cobrar el paro en noviembre de 2008. Cuando se enteró de que el Ejecutivo de Zapatero iba a dar más ayudas a los parados, pensó que iba a poder tirar unos meses más y "tapar algunos agujeros". Pero ahora todas sus esperanzas se han venido abajo: "El Gobierno ha hecho las cosas mal y rápido. Con más motivo me tendrían que pagar a mí que llevo más tiempo en paro", se lamenta indignado.

Según está recogido en la disposición general de 'Protección por desempleo e inserción' publicada en el Boletín Oficial del Estado el 15 de agosto, es obligatorio "haber extinguido por agotamiento la prestación por desempleo de nivel contributivo dentro del período de duración del programa".

"De los 70 que estabamos, todos nos hemos tenido que ir del Inem 'con el rabo entre las piernas'", afirma J.A.A., de Santa Cruz de Tenerife. "Lo han anunciado como una medida bomba, como los 400 euros, y nos han engañado", lamenta.

"No se ha informado bien, aquí había gente que se ha quedado sin paro en diciembre, en enero... sería más justo que nos ayudasen a nosotros", apunta.

¿Quiénes pueden pedir la ayuda?
El programa está destinado a menores de 65 años que agoten a partir del 1 de agosto la prestación por desempleo de nivel contributivo y los subsidios por desempleo, incluidas sus prorrogas.

Para recibir esta ayuda es obligatorio que las rentas del beneficiario (capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales) no superen al mes el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (468 de los 624 euros mensuales del SMI).

En caso de vivir dentro de una unidad familiar con padres, cónyuges, hijos menores de 26 años, mayores con discapacidad o menores acogidos, la suma de todas las rentas dividida entre el número de integrantes no puede superar el 75% del SMI.

¿Por qué 420 euros?
La cuantía mensual de la prestación es igual al 80% del Indicador Público de Renta de efectos múltiples (IPREM) mensual vigente.

¿Pueden percibirla los mayores de 52 años?
Sí. Estos reciben los 420 euros porque tienen derecho al subsidio para mayores de esta edad hasta que alcancen la edad de jubilación. Perciben el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que es la misma cantidad que la nueva prestación del Gobierno.

¿Y si tengo periodos de inactividad productiva?
No pueden percibir esta ayuda los trabajadores fijos discontinuos que agoten sus prestaciones o subsidios durante los períodos de inactividad productiva.

¿Y si soy autónomo?
Un trabajador por cuenta propia tampoco puede recibir esta ayuda "aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social".

¿Si estoy en un ERE temporal puedo pedirla?
Sí, siempre que se cumplan los requisitos citados.

¿Tengo que hacer un curso de formación?
Sí. La ayuda de 420 euros exige aceptar ofertas de empleo "adecuadas" y participar, "salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales".

Además, los Servicios Públicos de Empleo "definirán los contenidos del itinerario de inserción laboral".

¿Qué pasa si percibo otras ayudas?
La prestación por desempleo extraordinaria es incompatible con los salarios sociales, rentas mínimas y ayudas análogas de asistencia social prestadas por cualquiera de las distintas Administraciones públicas.

Así, las ayudas al alquiler para jóvenes, por ejemplo, están excluidas.

¿Cuánto dura la prestación?
El periodo máximo de esta prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días, seis meses. No confundir con la duración del programa en sí, que es de medio año prorrogable hasta que la tasa de paro se reduzca por debajo del 17%.

¿Cómo la pido?
El plazo máximo de solicitud es de 60 días tras el agotamiento de la prestación o el subsidio por desempleo. Pasado ese tiempo se pierde el derecho a recibirla.

Se solicita en el Servicio Público de Empleo (INEM) competente. Éste informará a los trabajadores cuando puedan pedirla.

Trabajadores del mar
Si se trata de trabajadores desempleados procedentes del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, la ayuda se pide al Instituto Social de la Marina