Tratamiento fiscal terreno expropiado
Mi suegra ha recibido hace pocos días una cantidad del juzgado por la expropiación de su terreno rustico que recibió por herencia en 2002 para el fallido Aeropuerto de Ciudad Real.
Entiendo que la fecha de adquisición e importe son los consignados en el impuesto sobre sucesiones.
Del importe percibido entiendo igualmente se podrán deducir las minutas de abogados y procuradores ya que fueron necesarios para poder obtener esa cantidad, pues tanto la sociedad aeropuertuaria como la Junta de Castilla-La Mancha cometieron un ilícito al expropiar un terreno privado para uso de una sociedad privada y dieron un justiprecio abusivo que ha enmendado el Tribunal Supremo con su sentencia ya ejecutada.
¿Es una ganancia patrimonial, se puede reducir la cantidad mediante algún coeficiente al haber pasado 15 años desde que heredó?
Saludos, muchas gracias.