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Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

52 respuestas
Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
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#16

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

Las subidas automáticas o lineales (todos los inmuebles el mismo porcentaje) como las que comentas, no se consideran revisiones de valores catastrales sino actualizaciones, las revisiones se supone que son más individualizadas al menos por zonas. Por lo tanto, la última revisión sigue siendo la que te dicen, del 2001.
Puedes apostar a que eso es lo que te van a contestar en el catastro.

Un saludo

#17

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

Se supone que la imputación al 1,1% se da en el caso :
"2.1-Inmuebles cuyos valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general y hayan entrado en vigor a partir de 01.01.1994. ". La información aparece en la web de hacienda y todavía no la veo actualizada, pero la subida del 10% creo que entra dentro del concepto de "valoración colectiva de carácter general".
En cualquier caso hacienda puede reinterpretarlo a su gusto, que es seguramente lo que ha hecho (hacienda siempre gana). Igualmente yo también me informaré en el catastro a ver que me cuentan.

#18

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

Si nos vamos a poner a interpretar la Ley, pienso yo que primero habrá que leer lo que dice:

Artículo 85. Imputación de rentas inmobiliarias. 1. En el supuesto de los bienes inmuebles urbanos, calificados como tales en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, así como en el caso de los inmuebles rústicos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales, no afectos en ambos casos a actividades económicas, ni generadores de rendimientos del capital, excluida la vivienda habitual y el suelo no edificado, tendrá la consideración de renta imputada la cantidad que resulte de aplicar el 2 por ciento al valor catastral, determinándose proporcionalmente al número de días que corresponda en cada período impositivo. En el caso de inmuebles localizados en municipios en los que los valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad con la normativa catastral, y hayan entrado en vigor en el período impositivo o en el plazo de los diez períodos impositivos anteriores, el porcentaje será el 1,1 por ciento.
En general, el tipo impositivo es el 2%, salvo excepciones que se detallan en el segundo párrafo. Y expresa bien claro "de conformidad con la normativa catastral". Osea que nos deberíamos ir a ver qué dice esa normativa y no sólo la Ley de IRPF. Un saludo.
#19

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

El listado de municipios afectados está publicado en el BOE
Orden HAP/1750/2014, de 29 de septiembre por la que se establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015.

Saludos

#20

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

En la página web del catastro, figura otro teléfono de información que no es 902.

Teléfono: 91 387 45 50.

Un saludo.

#21

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

La cosa no proviene del Catastro, en todo caso de hacienda.

Esta mañana he hecho llamadas que no han servido para nada. En primer lugar he llamado a la sede regional del catastro de Barcelona. Allí parecian muy despistados pero me han asegurado que si en Hacienda les aparece el valor catastral como No revisado, ha de ser un error puesto que deberia aparecer Revisado (en 2002). No saben nada de una posible nueva ley que diga que se consideran No revisados aquellos municipios en los que en los ultimos 10 años no ha habido revisiones generales. Nadie se lo ha comunicado.

Después he llamado a la sede nacional del Catastro. Allí todavia sabian menos y me han remitido a hacienda. Me han dicho que cualquier posible modificación de este tipo no viene de ellos sino de hacienda. Y hacienda no coge el telefono. Lineas saturadisimas.

He probado mañana y tarde y todavia no he conseguido hablar con ellos. Miento, una sola de las veces se han puesto, pero cuando he explicado la consulta la chica que me atendia me ha dicho "Le paso con un compañero". Y el "compañero" no ha llegado a ponerse nunca. Después ya no he conseguido que me cogieran el telefono jamás.

O sea que estoy como antes. A ver si alguien tiene más suerte.

#22

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

Digo yo desde mi ignorancia.

Si te han dicho en el catastro que aparece revisado en el año 2002, se supone que esa es la última revisión.

Por tanto, no ha habido una nueva. Y entonces al haber pasado más de diez años desde 2002, te corresponde un 2%.

Los del catastro, te han contado que no saben nada de la nueva normativa del IRPF. Te han dicho eso, pero no creo que sean tan ignorantes. Es la respuesta típica de funcionario. Eso o que están desayunando.

Pero puedo estar equivocado.

Un saludo.

#23

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

Pero es que resulta dificil de entender que una nueva ley de Irpf que afecta a las revisiones catrastales se implemente unilateralmente por parte de hacienda, sin comunicar nada al catastro.

Por otro lado, esa nueva ley ¿donde puede leerse, aparte del programa padre?.

#24

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

La norma en cuestión, la tienes muy cerca.

Mira en el comentario 18 de este hilo.

Aparte lee la Ley completa (artículo 85):

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764

A mi no me convencen las respuestas que dices que te han dado. O son unos incompetentes o son unos vagos o son unos jetas. O todo a la vez.

Un saludo.

#25

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

Gracias, batiscafo. Creo que está bastante claro que Montoro se ha sacado un as de la manga al fijar un maximo de 10 años sin revisiones, para poder aplicar el 2% a muchos contribuyentes que pagaban una imputación del 1'1%. Teniendo en cuenta que en algunos municipios como en Barcelona el Ayuntamiento ha ido aumentando un 10% lineal el valor catastral desde hace unos años, los tiros vienen con balas explosivas.

Asumo que me toca pagar, pero es bastante descarado el procedimiento empleado y que, encima, en el catastro se hagan los tontos.

saludos

#26

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

Llevas en eso toda la razón.

Siempre que salía tito Montoro o en las Notas de prensa del Ministerio de Hacienda o de la Agencia Tributaria o en determinados medios de comunicación, solamente hablaban de los casos en que la normativa había bajado los impuestos (que ciertamente los ha habido). Pero nunca hablaban de que había otros supuestos y otras rentas, en que les han subido. Como es tu caso y el caso del que estamos hablando.

Un saludo.

#27

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

Más leña al fuego. Esto es lo que dice el programa Padre 2015, y tambien la Ayuda del Borrador WEB de Hacienda que ahora mismo estoy usando para hacer la declaración:

RENTA IMPUTADA (art. 85.1 Ley)
 

Tendrá la consideración de renta imputada la cantidad que resulte de aplicar el 2 por 100 al valor catastral, determinándose proporcionalmente al número de días que corresponda en cada período impositivo.

"En el caso de inmuebles cuyos valores catastrales hayan sido revisados o modificados, o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad con la normativa catastral, y hayan entrado en vigor a partir de 1 de enero de 1994, la renta imputada será el 1,1 por 100 del valor catastral."

Creo que a juzgar por lo que aqui dice, a los inmuebles de Barcelona les corresponde un 1'1%, dado que la ultima fecha de revisión fue en 2002.

Para más colmo, en la propia AYUDA viene un listado de los municipios con el Catastro Revisado a fecha 2015, y entre ellos aparece BARCELONA.
Señores de Hacienda, aclarense.

#28

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

Por si sirve de ayuda a alguien. Como en el Catastro no me han podido ayudar, finalmente he conseguido hablar con alguien del telefono de atencion de la renta 2015, que me ha dicho literalmente lo siguiente: A pesar de que exista una modificacion en el BOE, concretamente BOE-A-2006-20764 TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 30 de octubre de 2015, los programas de AYUDA del Programa Padre y del BORRADOR WEB siguen especificando como referencia para ser considerados municipios revisados aquellos con revisiones posteriores a 1994. Es más, aportan un listado de Municipios Revisados en 2015. Barcelona se encuentra entre ellos. Hacienda ha tenido tiempo suficiente entre la modificacion de la LEY y la campaña de la Renta 2015 para actualizar esta información y no lo ha hecho. En conclusión, lo que me han dicho que haga es lo mismo que me dijeron en el Catastro de Barcelona:

Modificar los datos del programa Padre para que aparezca el municipio con un Sí Revisado (en lugar del NO actual).

Otra cosa es lo que cada cual decida hacer y si esta acción puede conllevar una paralela en su momento, aunque en ese caso seria facil la argumentación, dado que los ciudadanos nos basamos en la Ayuda de los programas que pone a nuestra disposición Hacienda, y en esta ayuda hay un listado muy clarito con los municipios Revisados en 2015.

#29

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

La Ley actual la tienes en los comentarios 18 y 24.

Me da la sensación de que la Ayuda del programa PADRE 2015 tiene un error, ya que no la han modificado para la nueva normativa. Te copio lo que decía la Ley HASTA EL AÑO 2014:

En el caso de inmuebles localizados en municipios en los que los valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad con la normativa catastral, y hayan entrado en vigor a partir del 1 de enero de 1994, la renta imputada será el 1,1 por ciento del valor catastral.

Seguramente en las siguientes actualizaciones que hagan del PADRE 2015, lo corregirán.

Un saludo.

#30

Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?

Eso está claro, batiscafo. Pero mientras no lo corrijan, los ciudadanos de a pie no andan buscando los BOE para hacer sus declaraciones. Es Hacienda la encargada de poner a su disposición la información y ayuda necesarias. Si esta información no está actualizada, el contribuyente de a pie no lo sabe y debe dar por supuesto que es correcta. De hecho, si yo no llego a entrar en estos foros ni sabria que existe una modificación de la Ley que dice lo que dice. Por lo tanto, habria visualizadao la AYUDA y comprobado que en la lista de municipios Revisados en 20015 aparece el mio, con lo cual habria corregido sin más problema la información en el programa Padre o en el Borrador.