Compatibilidad en estimación directa y estimación objetiva
Buenas, mi consulta es la siguiente,
Como profesional autónomo en una actividad no relacionada con la agricultura estoy obligado a realizar declaraciones trimestrales en estimación directa simplificada de IRPF y en régimen general del IVA.
El pasado año me inicié como cooperativista, para lo cual tuve que darme de alta en la actividad de agricultor en el régimen especial agrícola con estimación directa de IRPF. No facturo, ni contrato ni vendo nada personalmente por esta actividad, solo recibo una parte de los beneficios por mis participaciones.
Como norma general la AEAT establece que ambos regímenes son incompatibles, sin embargo en esta consulta, en la que se recoge el mismo caso que planteo aquí se dice que no es causa de exclusión del régimen general.
https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFRC11F?REFERENCIA=0107967
La verdad es que a pesar de toda la lectura permanezco confundido. ¿Pensáis que ambos regímenes son compatibles en este caso? ¿O por las características de la segunda actividad debería declararse no como rendimiento de actividad económica sino bajo otro concepto?
Muchas gracias.