SLU para evitar pago de IRPF
Imaginemos que monto un SLU de servicios profesionales, para que la carga fiscal la soporte con el IS y no con el IRPF, y tributo al 15% el primer año. En principio se trata de abaratar impuestos de forma legal, pero en el supuesto de que la SLU ingrese 40000 y al final del ejercicio no haya efectuado gastos pagaría el 15% de 40000. Hasta ahí bien. Pero si yo, persona física titular del 100% de las participaciones (es una SL Unipersonal), quiero gastar ese dinero como persona física particular, la única fórmula sería la de adjudicármelo como un reparto de beneficios, beneficio por el que debería de tributar en mi IRPF. De esta manera la carga fiscal que pretendía ahorrarme se ha multiplicado y he hecho el tonto cobrando a través de la sociedad. ¿Esto es así? ¿Hay una doble imposición?