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Vivienda por cargo o empleo

7 respuestas
Vivienda por cargo o empleo
Vivienda por cargo o empleo
#1

Vivienda por cargo o empleo

Buenas días, tengo una consulta referente a la deducción por vivienda habitual. Desde el 2004 estoy viviendo en una casa que me ha proporcionado la empresa para la que trabajo. Es una casa propiedad de la empresa en una urbanización privada propiedad de la empresa, solo para empleados. En el 2007 compré un piso en otra provincia, de la que soy originario y desde entonces he estado desgravando el piso que me compré convencido de que me corresponde dicha desgravación, acogiéndome al concepto de vivienda por cargo o empleo, que es una excepción que contempla la norma del IRPF para poder seguir desgravando, aunque yo no viva en el piso de mi propiedad.

Sin embargo, como tampoco tengo formación en leyes, siempre me ha quedado la duda de si estoy del todo en lo cierto y por eso os pregunto. Lo que más dudas me genera, es que para poder aplicar esta excepción, el piso por el que desgravo no debe estar sujeto a utilización, tal y como especifica la norma. Entiendo que si el piso está cerrado a cal y canto todo el año, no se está utilizando. Por otra parte, si se lo alquilas a alguien está claro que sí se está utilizando y no hay dudas al respecto. El problema viene cuando no es ni blanco ni negro, sino una tonalidad de gris. Y es que admito que, más o menos, un fin de semana al mes duermo en ese piso, cuando voy de visita a mi localidad de origen, para ver a mi familia o amigos. No mucho más, pues trabajo a turno cerrado y me toca trabajar más fines de semana de los que descanso. Ahí está mi duda ¿se podría considerar que el piso no está siendo utilizado aunque yo lo utilice uno o dos días al mes? Son muy pocos días, entiendo que no es realista suponer que el piso tenga que estar cerrado a cal y canto los 365 días al año siendo de mi propiedad. También entiendo que es una cuestión sujeta a interpretación ¿que opinais? ¿conoceis jurisprudencia al respecto?

Muchas gracias por vuestra ayuda y un saludo!!!

#2

Re: Vivienda por cargo o empleo

Buenas tardes,

a mi entender se puede considerar que no estás utilizando el piso para lo que te piden en la ley. Además, si llevas haciéndolo desde 2007, y estuviera mal, raro sería que no te hayan reclamado ya en Hacienda (además, hay años que si lo hubieses hecho mal y quisieran reclamar no podrían porque han prescrito). Pienso que lo estás haciendo bien.

Un saludo.

#3

Re: Vivienda por cargo o empleo

El problema no es que utilices esa vivienda de vez en cuando sino que no la utilices habitualmente.
Digo eso porque la vivienda por cargo no es cuando la empresa te facilita vivienda sino cuando te obliga a vivir en un determinado lugar por necesidad del trabajo. Por lo que explicas, no es tu caso, aunque no estoy seguro porque no das demasiados detalles.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Vivienda por cargo o empleo

Mi centro de trabajo está en un pueblo y en su día la empresa construyó una urbanización privada para sus empleados. El disfrute es opcional y se encuentra regulado como pago en especie a un precio bajo, casi simbólico, pero regulado en los ingresos declarados. Yo vivo ahí porque soy de fuera de dicho pueblo y así me evito estar de alquiler en otra parte pagando mucho más.

Creo que la consideración de vivienda habitual por cargo o empleo es independiente de que la vivienda ofrecida por la empresa sea de uso obligatorio u opcional, así como gratuito o no. Así parece desprenderse de algunas interpretaciones que he leído por internet. Pero quería tener alguna información más clara. Pongo de ejemplo el siguiente caso:

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?Consulta=(vivienda+habitual)+.Y+(guardia+civil)&Pos=3

#5

Re: Vivienda por cargo o empleo

Lo cierto es que se exige que el uso de la vivienda sea inherente al trabajo. Si esas viviendas sólo pueden ser ocupadas por empleados de la empresa, efectivamente será vivienda por cargo o empleo.
El uso puntual de la vivienda que te desgravas no debe preocuparte en absoluto.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Vivienda por cargo o empleo

Juan, efectivamente, las viviendas solo son ocupadas por empleados. Son propiedad de la empresa y a esta le supone una serie de gastos y consumos tenernos ahí metidos. Lógicamente, la empresa no está dispuesta a pagar estos consumos a alguien que no forme parte de la plantilla del centro de trabajo. Las viviendas mencionadas ni están en venta ni se alquilan a nadie. Solo vivimos y podemos vivir ahí los empleados.

No obstante, me sigue dando algo de miedo, que agarrándose como un clavo ardiendo al texto de la norma, me digan, basándose en el pequeño consumo que genero de vez en cuando, que la vivienda por la que desgravo no cumple la condición de "no utilización" y quedando invalidado, por tanto, mi argumento para poder desgravar.

Gracias por tu ayuda Juan!!

#7

Re: Vivienda por cargo o empleo

Por si te sirve echa un vistazo a la consulta V0874-10.

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?Consulta=(vivienda+habitual)+.Y+(guardia+civil)&Pos=6

Lo que creo que te puede aclarar algo:

Según el diccionario de la Real Academia Española “utilización” es “la acción y efecto de utilizar”, siendo “utilizar” “aprovecharse de algo”. Por “aprovechar” se entiende “emplear útilmente algo, hacerlo provechoso o sacarle el máximo rendimiento”.
Según esta definición, ir a la casa de Cantabria, cada varios meses, con la finalidad exclusiva de verificar su estado y realizar un mantenimiento de la misma, no implicaría entender incumplido el requisito contenido en el artículo 54 del RIRPF relativo a que la vivienda adquirida no sea objeto de utilización.

Un saludo.

#8

Re: Vivienda por cargo o empleo

Muchas gracias por vuestras respuestas. Ahora lo tengo todo un poco más claro.

Un saludo.