Buenas a todos!!!
Estoy loca, le he preguntado a varios asesores y a la AEAT y bien o no saben o no me responden con certeza plena.
Mi caso es ... En el 2015 yo hice mi declaración de la renta del año 2014 en base al certificado de rentas que me proporcionó mi empresa, correspondientes a las 12 mensualidades independientemente de que estuvieran cobradas (cosa que no lo estaban).
El 28 de febrero del 2015, fui despedida (liquidación de la sociedad) con la correspondiente demanda de los sueldos desde Agosto 2014 hasta Enero 2015 (equivocación del abogado pues tenía que haber sido hasta febrero 2015, pero la verdad que no me he dado cuenta hasta ahora). En el 2015 FOGASA me paga los 6042 euros y me certifica que corresponden a las nóminas de Agosto 2014 a Enero 2015 y me dice que prorratee. Por tanto entiendo que debo poner en el 2015 como ingreso del FOGASA 1.007,00 €, además de las percepciones que haya tenido de otros pagadores (sólo el SEPE).
Tendría que hacer alguna complementaria del 2014?
Es que en la AEAT (unos si y otros no) me daban a entender que tendría que hacer una complementaria del año 2014, en la que me quitara todas esas nóminas declaradas, con sus correspondientes IRPF Y Seguridad Social.
Sé que declaré más ingresos de los que había tenido pero sólo tenía la comunicación que mi empresa había hecho con el modelo 190 a la AEAT y por el cual me expedía el certificado de retenciones. Esos ingresos de más... ¿cubrirían los 5.035 € del FOGASA correspondientes al 2014? Las retenciones y la seguridad social, están reconocidas por la empresa en las respectivas declaraciones que efectuó, independientemente (que no lo sé) que las pagara o no.
Hoy un asesor fiscal me ha dicho que en su despacho no harían nada con el 2014 y que cuando me llamen que me llamaran les presente el certificado de retenciones y la demanda que presente y que les diga que esos ingresos ya estaban declarados.
Espero haberme explicado más o menos....
Muchas gracias y quedo a la espera de su respuesta. Saludos.