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Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

47 respuestas
Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales
Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales
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#16

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Art. 1.357. "Los bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes de comenzar la sociedad tendrán siempre carácter privativo, aún cuando la totalidad o parte del precio aplazado se satisfaga con dinero ganancial.

Se exceptúan la vivienda y ajuar familiares, respecto de los cuales se aplicará el artículo 1.354.”

Art. 1.354. "Los bienes adquiridos mediante precio o contraprestación, en parte ganancial y en parte privativo, corresponderán pro indiviso, a la sociedad de gananciales y al cónyuge o cónyuges enproporción al valor de las aportaciones respectivas.”

Fuente: Código Civil.

No es lo que diga la escritura, es lo que diga la normativa.

Un saludo.

#17

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

La linea más corta entre dos puntos es.........una linea recta

Un saludo

#18

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Imagina que tienes que ir de una ciudad a otra.

Creo que es más aconsejable ir o tratar de ir por donde discurre la carretera o la línea ferroviaria que utilizar la línea recta.

Sobretodo a la hora de aconsejar a otro forero que es el que tiene que hacer el trayecto.

Un saludo.

#19

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Este señor pregunta que vía es la mejor para ir de Madrid a La Coruña,yo creo que es la A-6(autovia Madrid-Coruña) y así lo mantengo;usted dice que para ir de Madrid a Coruña debe pasar por Avila,luego coger dirección Zamora desde allí seguir hasta Lugo y desde allí coger dirección Coruña.
Un saludo

#20

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Yo no he dicho nada de lo que dices que he dicho.

Y estoy esperando argumentos consistentes que rebatan lo que yo he afirmado en este hilo o lo han hecho otros participantes. Que en mi opinión son todas correctas.

Yo he intentado hacerlo con los tuyos porque no estoy de acuerdo. (Comentario 16)

Lo que pasa, que en el comentario 17 ya te has empezado a salir por los cerros de Úbeda.

Un saludo.

#21

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Bien, le voy a responder de la manera que usted desea.
Este señor,es titular de un piso en propiedad,comprado en su etapa de soltero y escriturado de forma legal a su nombre,liquidando todos los impuestos correspondientes que marca y exige la normativa como usted dice.
Este señor puede seguir pagando su hipoteca como hasta ahora y ejercer su derecho a desgravárselo de sus ingresos si diera lugar.
Si un día vende el piso,indistintamente de si ha terminado de pagar la hipoteca o no,él es el unico que tiene capacidad como propietario de otorgar la venta y con el importe recibido por dicha venta,una vez liquidado gastos,impuestos y plusvalías si las hubiere,puede hacer con ese dinero lo que quiera.

#22

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Muy agradecido

#23

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Vamos a poner un ejemplo extremo para ver si entiendes o no de lo que se está tratando.

Supongamos que el/la individuo A compra un inmueble el 01.07.16 siendo su estado civil soltero.

El 15.07.16 conoce a el/la individuo B (también soltero) y como están hechos el uno para el otro se casan por la vía rápida el 31.07.16 en régimen de gananciales.

El día del matrimonio, el/la individuo A lleva pagado del piso el 5%. Deciden ambos cónyuges A y B que el piso del primero sea la vivienda habitual y que por ello, a partir de la fecha del matrimonio pagarán el inmueble a partes iguales hasta la finalización de la hipoteca en el año 2036.

En el caso de que la relación se rompa (divorcio, muerte...) o se llegue a término hasta la finalización de la hipoteca, ¿de quién es el inmueble independientemente de quién figure en las escrituras?

Imagina que el matrimonio se disuelve al fallecimiento de B y tu eres su heredero. ¿Consistirías la propiedad plena de A porque es el titular?

Es que a veces la titularidad no coincide con la propiedad. Esto es fundamentalmente en lo que no estoy de acuerdo contigo. Según creo entender de tus comentarios, afirmas que titularidad es SIEMPRE igual a propiedad. Ya sé que en el caso del autor del hilo, propiedad y titularidad coincide por ser un bien privativo que ha continuado pagando con sus bienes después del matrimonio en gananciales.

Lee lo que se ha dicho y lo que dice el Código Civil.


Un saludo.

#24

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Pues ahora si que ya no lo tengo nada claro
Gracias por las respuestas

#25

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

¿Pero qué no tienes claro?

A ver si con un resumen te aclaro algo.

-El piso es solamente tuyo, porque tu lo has pagado TODO.

-A la venta del piso, si es tu vivienda habitual y eres mayor de 65 años, la posible ganancia patrimonial se encuentra exenta de tributación en IRPF.

Un saludo.

#26

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Gracias por la aclaracion

#27

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Le respondo a su último comentario y doy por mi parte cerrado el tema.
Si este señor sigue sus consejos tendría que hacer lo siguiente.
1º.-acudir al banco para pedirle que le autorice a cambiar la hipoteca y la titularidad de la misma.
2º.- una vez efectuado este trámite y en caso de que el banco acepte,acudir al notario para que prepare la nueva escritura con todos los cambios que quiere efectuar en la misma,como son el escriturar a nombre de los dos cónyuges debido a su nuevo estado de casado
3º.- que en la nueva escritura se haga constar la parte amortizada hasta ese momento.
4º.-Quedar con el banco en el Notario,para que junto con los conyuges firme las nuevas condiciones de la hipoteca
5º.-hacer frente a todos los gastos como resultado de escriturar de nuevo
Una vez efectuados todos estos trámites y siempre según usted,ya tienen este matrimonio constituida la hipoteca y la escritura del piso en bienes gananciales.
Lo dicho en mi post anterior:"Les está usted aconsejando que vaya desde Madrid a Coruña,pasando por Avila-Zamora-Lugo y por fin desde Lugo sigan a Coruña".
Un saludo.

#28

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Ya me dirás en qué comentario le he aconsejado que haga todos esos trámites que relacionas.

Es más lo que se le ha aconsejado es que NO HAGA NADA.

Ni siquiera que lo declare en el IRPF. Y esto último, no por capricho sino porque afortunadamente para el la posible ganancia se encuentra exenta.

Un saludo.

#29

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Esas son las condiciones que le pide usted a este señor en sus post nº 16 y 23,cuando yo desde mi primer escrito,le he aconsejado que sija pagando su hipoteca como hasta ahora y si un día vende el piso,que lo haga y fin de la película.

#30

Re: Venta de vivienda privativa mayor de 65 añod en regimen de gananciales

Los comentarios que mencionas, son contestación a unos tuyos con los que no estaba de acuerdo. Resumiendo lo que yo he comentado a este señor. Es lo siguiente (comentario 25):

-El piso es solamente tuyo, porque tu lo has pagado TODO. -A la venta del piso, si es tu vivienda habitual y eres mayor de 65 años, la posible ganancia patrimonial se encuentra exenta de tributación en IRPF.
Un saludo.