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Compensación de pérdidas y ganancias entre ejercicios

4 respuestas
Compensación de pérdidas y ganancias entre ejercicios
Compensación de pérdidas y ganancias entre ejercicios
#1

Compensación de pérdidas y ganancias entre ejercicios

Cómo será la fiscalidad para los inversores este año

http://www.expansion.com/mercados/2016/12/31/5867c2a5268e3e384b8b458c.html

Este párrafo del artículo.. es correcto?

"Acciones: Lo que tampoco cambia ahora es la posibilidad que tienen los inversores de compensar ganancias y pérdidas en la compra venta de acciones en Bolsa. Sólo se paga por el beneficio total descontadas las pérdidas y hay cuatro años de plazo para realizarlo. Es decir, si en 2015 se perdieron 500 euros en Bolsa y en 2016 se han ganado 1.000 euros, para Hacienda es como si se hubieran ganado 500 euros."

#2

Re: Compensación de pérdidas y ganancias entre ejercicios

El párrafo es cierto, pero no completo con respecto a la compensación de las Perdidas y Ganancias aplicables en este 2016 a declarar próximamente.

La Base del Ahorro esta compuesta de dos partes diferenciadas:
a-)Rendimientos del Capital (Intereses de Depósitos- Fondos de Inversión -Letras Tesoro -Bonos, Obligaciones etc.)
b-) Plusvalías/minusvalías por ventas de activos (acciones-inmuebles-opciones-futuros etc.)

La suma positiva y negativa de los rendimientos del Grupo -a) si resulta negativa se podrá compensar en este 2016 con hasta el 15% del importe positivo del Grupo -b).

La suma positiva y negativo de las perdidas/ganancias del Grupo -b) si resultara negativa se podrá compensar en este 2016 con hasta el 15% del importe positivo del Grupo -a).

En el caso de que después de estas compensaciones, quedaran saldos negativos en ambos Grupos , estos saldos negativos se podrán compensar en los cuatro ejercicios siguientes . Para el 2017 el porcentaje compensable entre ambos Grupos pasara al 20%.

Saludos

#3

Re: Compensación de pérdidas y ganancias entre ejercicios

Muchas gracias! Yo también entendía la normativa así, pero quería confirmarlo.

El artículo de Expansión induce a error porque da la sensación de que entre ejercicios se pueden compensar al 100% las pérdidas y ganancias de acciones, futuros etc

Y la realidad es todo lo contrario: con la normativa actual es prácticamente imposible compensarse las pérdidas de un ejercicio anterior, ya que habría que tener o muchas ganancias en un ejercicio posterior y aplicarse el porcentaje de compensación de pérdidas que toque (15, 20%..) o estar ganando dinero consistentemente durante varios ejercicios.

Es decir, si se invierten siempre las mismas cantidades de capital y se tiene un ejercicio malo, con pérdidas, ahora mismo es muy difícil compensar al 100% esas pérdidas con ganancias de ejercicios posteriores. Ha empeorado mucho la fiscalidad de los productos financieros respecto a aquellos tiempos en que en 5 años se podían compensar libremente y al 100% pérdidas y ganancias entre ejercicios, es decir, que si perdías 500 un año y al siguiente ganabas 500 no pagabas nada; ahora sólo se permite compensar un 15% sobre 500 en el primer ejercicio que sigue a aquel en que se han tenido pérdidas.

#4

Re: Compensación de pérdidas y ganancias entre ejercicios

Siempre que tengas saldos netos positivos en un ejercicio de Perdidas y Ganancias , después de las compensaciones del propio ejercicio, podrás compensar lo de ejercicios anteriores hasta el limite de estos saldos netos que tengas.

Esto siempre ha sido igual, ahora además de lo anterior existe la posibilidad de compensar con hasta un porcentaje, del importe positivo de los Rendimientos en función del ejercicio- 2016=15% - 2017=20% - en adelante el 25%.

Saludos

#5

Re: Compensación de pérdidas y ganancias entre ejercicios

Pues.. me estoy empezando a perder. A ver si lo he entendido bien: entonces ahora mismo si en un ejercicio se pierden por ejemplo 1.000 euros invirtiendo en acciones y en el siguiente se ganan 1.500 euros invirtiendo en futuros, se pueden compensar 1.000 euros y luego pagar impuestos sólo por los 500 de diferencia?

Hace 3 o 4 años la regla era compensar sólo pérdidas y ganancias entre inversiones dentro del ejercicio y para compensar pérdidas de ejercicios anteriores había que hacerlo con acciones o con un producto financiero que mantuvieras al menos durante 12 meses, es decir, por ejemplo no cabía la posibilidad de compensar con futuros, ni compensar las pérdidas del ejercicio anterior con ganancias de acciones vendidas en el ejercicio en curso, a no ser que esas acciones se hubieran mantenido en cartera más de 12 meses.