Esa retención a cuenta del IRPF es una "provisión de fondos" que se hace para el cálculo del impuesto. No pienses que te van a devolver todo lo que retengas.
Tu rendimiento íntegro del trabajo (esto es rendimiento bruto menos deducciones) más rendimientos íntegros mobiliarios, inmobiliarios, ganancias y pérdidas y atribución de rentas (inmuebles a tu disposición) van a parar a lo que se conoce como BASE IMPONIBLE GENERAL Y BASE IMPONIBLE DEL AHORRO. En cada una de ellas se van a deducir ciertas cantidades que las minoran, como el mínimo personal y familiar, entre otros. Al importe final se le aplican diferentes cocientes que daran lugar a lo que conocemos como CUOTA LÍQUIDA ESTATAL [530] Y AUTONÓMICA [531]. La suma de ellas forma la CUOTA LÍQUIDA INCREMENTADA TOTAL [532].
Conociendo esta cantidad, tenemos 3 escenarios a tomar en consideración respecto a las retenciones practicadas a lo largo de 2016 [casilla 549]:
- [549] > [532], retenciones superiores a lo que tienes que pagar (exceso de provisión), te devuelven la diferencia.
- [549] = [532], no te devuelven nada.
- [549] < [532], retenciones a cuenta insuficientes, te tocará pagar la diferencia.
Para un nivel de rendimientos tal que la cuota incrementada total [532] fuése 0, te hubiésen devuelto la totalidad de las retenciones. Sin embargo, te toca pagar por la obtención de rentas del trabajo (como nos pasa a casi todos). Yo por ejemplo, tengo retenidos 4.600€ y me devuelven solamente 1.300€. ¡Ojalá me lo devolviesen todo, por pedir! xD
¡Saludos!