[DUDA] Regularización CLAUSULA SUELO - Casillas 524 y 526
Buenas
En el año 2016 llegué a un acuerdo extrajudicial, el cual fue homologado con posterioridad, en el cual la entidad bancaria me eliminaban la CLAUSULA SUELO de mi préstamo hipotecario, y me devolvían TODAS LAS CANTIDADES cobradas de más por la aplicación de dicha cláusula desde SEPTIEMBRE de 2013 a NOVIEMBRE DE 2016.
La entidad, en la liquidación a dicho acuerdo, me desglosó 13000 y pico euros de intereses en el campo de intereses de mi préstamo y 4000 y pico euros (con símbolo negativo) en el campo de principal. Por lo que se me redujo el principal pendiente en la cantidad expresada de 4000 y pico euros, y la CANTIDAD ABONADA en cuenta fue la DIFERENCIA de los intereses con el capital amortizado, ES DECIR, la cantidad abonada fue 8000 y pico euros.
Para la RENTA de 2016, me adjunta la entidad bancaria INFORMACION FISCAL con relación a la devolución de la clausula suelo, donde se observa los ejercicios 2013, 2014, 2015 y 2016, indicándome en cada uno de ellos el capital amortizado e intereses restituidos, pero en base a las cantidades de 4000 y pico del CAPITAL Y los 13000 y pico de los INTERESES....
Según dispone AEAT en la disposición adicial CUADRAGESMA QUINTA de la LEY 35/2006 de 28 de Noviembre:
- NO SERA DE APLICACIÓN PARA LA REGULARIZACION LAS CANTIDADES DESTINADAS A LA AMORTIZACION DE PRINCIPAL DEL PRESTAMO; POR SU PARTE DICHA REDUCCION TAMPOCO GENERARA DERECHO A APLICAR DEDUCCION POR INVERSION EN VIVIENDA HABITUAL.
- EN LA RENTA 2016, SE REGULARIZADA, en caso de acuerdo (mi caso), LAS CANTIDADES DEDUCIDAS EN LOS AÑOS 2012, 2013, 2014 Y 2015 (en mi caso 2012 no y 2013 solo parte).
- LOS INTERESES DEL AÑO 2016, NO SE TENDRAN EN CUANTA PARA APLICAR LA DEDUCCION EN VIVIENDA EN DICHO AÑO.
MI DUDA:
SI ME ABONAN 8000 Y PICO EUROS, QUE ES LA CANTIDAD RESULTANTE de restar los intereses restituidos y el capital amortizado…
¿Qué base utilizo para el calculo de la casilla 524 y 526 de los ejercicios 2013,2014 y 2015? ¿La de los intereses restituidos (13000 y pico euros)? ¿o la diferenciadel calculo del INGRESO OBTENIDO de los 8000 y pico euros, restando a dichos intereses restituidos el capital amortizado, en cada año? (Entiendo que esto ÚLTIMO sería lo lógico, ya que el dinero obtenido por devolución de cláusula ha sido esa cuentía, no? )
RESUMIENDO A TODO LO ANTERIOR:
En la casilla 524 y 526, debo poner del 7,5% (este porcentaje, es en mi caso por mi autonomía) de los INTERESES DEVUELTOS por la aplicación de la clausula suelo.
ME DEVUELVEN, por acuerdo, según informe fiscal del BANCO el cual se llevó a la práctica a finales de 2016:
CAPITAL AMORTIZADO: - 4000 €
INTERESES RESTITUIDOS: 13000 €
TOTAL DEVUELTO EN CUENTA BANCARIA: 9000€
TENIENDO EL DESGLOSE DE DICHAS CANTIDADES EN CADA EJERCICIO, utilizo los ejercicios 2013 a 2015 ( en mi caso) para el CALCULO DE DICHAS CASILLAS 524 y 526.
¿CUAL UTILIZO? ¿Sobre los 13000€? ¿o sobre lo devuelto, 9000€? Ya que se entiende que si no se tiene en cuenta lo amortizado, y si lo devuelto, a mi entender es sobre los 9000€ que es la cantidad devuelta, pero necesitaría que algún experto me lo confirmara.
Espero noticias de los expertos.
SALUDOS.