Te debieron mandar como mínimo antes de cobrarte, un trámite de audiencia y una liquidación, un proceso que debió empezar hace por lo menos 6 meses, probablemente antes de que el impuesto prescribiera, pero es imposible saberlo si no vas a que te digan de qué deuda es y por qué. Me temo que tu domicilio fiscal no era el verdadero y no te han llegado las notificaciones, pero te han dado por notificado al publicar en el BOE.
Para poder reclamar, tendrás qué saber qué es y a qué ejercicio se refiere. Y comprobar si los intentos de notificación son correctos, si no lo fueran, quizás podrías recurrir la providencia de apremio y quitar al menos el recargo, porque recurrir la deuda ya no puedes. Siempre comento que casi siempre es mejor que te notifiquen, te enteras de lo que pasa y al menos no pierdes el derecho a recurso, en pocas ocasiones sale mejor no recibir las cartas.