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Alquiler, deducir 3% del valor de la construcción ¿del valor catastral del IBI o de la compraventa?

36 respuestas
Alquiler, deducir 3% del valor de la construcción ¿del valor catastral del IBI o de la compraventa?
1 suscriptores
Alquiler, deducir 3% del valor de la construcción ¿del valor catastral del IBI o de la compraventa?
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#31

Re: Alquiler, deducir 3% del valor de la construcción ¿del valor catastral del IBI o de la compraventa?

Ok muchas gracias. La duda sobre la amortización de los electrodomésticos es el porcentaje de amortización. Creo que es el 10% del valor al año pero no estoy seguro.


Un saludo
#32

Re: Alquiler, deducir 3% del valor de la construcción ¿del valor catastral del IBI o de la compraventa?

Si, es el 10% anual

Un saludo

#33

Re: Alquiler, deducir 3% del valor de la construcción ¿del valor catastral del IBI o de la compraventa?

Ok muchas gracias. Me pondre a ello.
#34

Re: Alquiler, deducir 3% del valor de la construcción ¿del valor catastral del IBI o de la compraventa?

Buenos dias. Olvide preguntarte 2 cosillas. 1. Si se incluyen en los ingresos de las fianzas (una la deposite en la comunidad de Madrid y la otra no) como parte del pago del arrendamiento (espero que no por Tutatis) y 2.  si los muebles de cocina se pueden amortizar como los electrodomésticos (en mi caso alquile el piso nuevo solo con estas 2 cosas y tengo la factura de compra de todo).

Un saludo y gracias
#35

Re: Alquiler, deducir 3% del valor de la construcción ¿del valor catastral del IBI o de la compraventa?

No, las fianzas se devuelven al final del contrato.
Cualquier mueble se puede amortizar

Un saludo

#36

Re: Alquiler, deducir 3% del valor de la construcción ¿del valor catastral del IBI o de la compraventa?

Ok gracias.....
#37

Re: Alquiler, deducir 3% del valor de la construcción ¿del valor catastral del IBI o de la compraventa?

Aquí ando de nuevo  leopol72 con el engorrilllo este. Espero no ser un poco pesado de tanta pregunta. Me he dado cuenta mirando el ultimo recibo del IBI que el valor de la construcción se ha revalorizado respecto a otro anterior por lo que entiendo que si revalorizan alguno de los valores en el IBI habrá que actualizarlos a la hora de calcular de nuevo. Otra duda es si el inquilino paga la mensualidad de 12/2021 el 02/2022 ¿se considera del 2021 o del 2020? a efectos fiscales. La verdad es que para una personal normal es un poco engorroso.

Un saludo