Hola Miguem
Si la devolución de intereses te la han hecho en Marzo de 2018, la regualrización de los intereses de los años 2014, 2015 y 2016 tendrás que hacerla el año que viene.
En relación a la Renta de 2017 (la que hay que hacer ahora), tienes que hacer lo siguiente:
Mira en la hoja que te ha dado el Banco, los intereses que te devuelven del 2017 y si en ese año vas a hacer deducción por vivienda, del la cantidad que hayas pagado del préstamo (amortización + intereses) le tienes que restar lo devuelto del 2017 y el resultado es la cantidad que te podrás desgravar por vivienda en el año 2017. De esta forma, el año que viene ya no tienes que hacer nada del ejercicio 2017 y solo tendrás que regularizar los 3 años que te he dicho antes.
Si por alguna circunstancia, no tienes desgravacción por vivienda en el año 2017, no tienes que hacer nada en la declaración de la Renta de este año, y el año que viene regularizarias los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017.
Te aconsejo que veas el Webinar que hice sobre el tema de la Cláusula suelo. Allí se aclara este asunto, aunque supongo que cuando tengas que hacer la declaración del año que viene, se te habrá olvidado todo y tendremos que empezar de nuevo. A mi seguro que se me olvida también, jejeje
Saludos