Hola, buenas tardes. Le contesto a las dudas:
MODELO 720 Solo tienes que declararla, si eres titular
sobre una cuenta bancaria abierta en el extranjero cuyo saldo a 31 de diciembre
supere los 50.000 €. Si tienes menos no hace falta hacerla, o incluíso si la tuvo en
otra fecha, parece que tampoco.
D 6:
https://www.rankia.com/informacion/modelo-d-6#descripcion
Solo tiene que declarar usted si tenía a 31 de diciembre: depósitos,
valores acciones, ETFs y Fondos de inversión.
Usted si no ha tenido ni depósitos,
valores acciones, ETFs y Fondos de inversión a 31 de diciembre en el FerratumBank de Malta
no tiene que hacer el D 6. Da igual que los hubiese tenido en cualquier otra fecha del año.
Salvo en una excepción en:
Declaración de operaciones (flujos): Deberá efectuarse una declaración de flujos por cada inversión o
liquidación que se realice en sociedades no residentes en las que el inversor tenga una participación
de, al menos, el 10% del capital o forme parte de su órgano de administración o cuando la inversión
supere 1.502.530,26 Euros. El plazo para la presentación de esta declaración será de un mes a contar
desde la fecha de realización de la operación.
Por lo que en eso si usted no ha tenido el 10% del capital en sociedades no residentes y tampoco su inversión
supera los 1.502.530,26 Euros, tampoco tiene que hacerla.
Que vaya todo muy bien y que tenga buen fin de semana. Saludos cordiales.