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Venta finca rústica 2024

6 respuestas
Venta finca rústica 2024
Venta finca rústica 2024
#1

Venta finca rústica 2024

Buenos días. Me surgen dos dudas respecto a la venta de una finca rústica:

1) Por simplificar, los datos de compraventa son: Vendida en marzo de 2024 por 12 (el valor de referencia en el momento de la venta era 11). La finca se adquirió en mayo de 2003 por 10. Tres años después, la administración autonómica la valoró a efectos del ITP en 15. Por no discutir, se aceptó la valoración y se pagó ITP por la diferencia. ¿Habría que tributar en IRPF 2024 por la diferencia entre 12 y 15 (pérdida de 3) aunque realmente se hayan ganado 2 (diferencia entre 12 y 10)?

2) En esta finca desarrolló su actividad económica el contribuyente (actividad forestal) hasta octubre de 2017 en que se la dio de baja por motivos de salud y cambió a otra actividad distinta. En abril de 2022 vendió los árboles que tenía en esa finca y se declararon como rendimientos de actividad económica en IRPF 2022 (ya no se ejercía actividad forestal pero los árboles siguieron creciendo hasta 2022, que fue cuando se vendieron). La cuestión es, cuando el programa de Renta 2024 pregunta si es un inmueble afecto a actividad económica ¿hay que decir que sí (porque lo fue) o no (porque no lo era cuando se vendió aunque dos años antes se tributara por la venta de esos árboles)?. En todo caso, ¿es relevante poner una cosa o la otra (porque aquí no hay amortizaciones que señalar)?

Muchas gracias por vuestras respuestas.
#2

Re: Venta finca rústica 2024

A tu primera pregunta, si el valor fue efectivamente el determinado por la administración local y no hablamos de un mero valor de referencia utilizado de forma automática por la comunidad autónoma, y siendo este aceptado por el comprador,  este valor será también vinculante para la administración central en la determinación de la ganancia patrimonial. Es decir, en tu supuesto, pérdidas de 3. Salvo mejor opinión. 
#3

Re: Venta finca rústica 2024

A la segunda pregunta, tienes que poner que sí, que estuvo afecta a aaee, pero, como tú dices, va a dar igual porque ni aplicó amortizaciones, ni, por la fecha de adquisición, pueden aplicarse coeficientes de abatimiento (que no se podrían aplicar, si la adquisición fuera anterior a 1994, si se trata de inmuebles afectos a actividad económica).
#4

Re: Venta finca rústica 2024

Muchas gracias a ambos por vuestras contestaciones.

La persona en cuestión no recuerda haber notificado en el pasado a Hacienda que esta finca rústica estuviera afecta a una actividad económica ¿tendría que haberlo hecho? Lo pregunto a los efectos de poner ahora en la declaración que sí estuvo afecta.

Gracias.
#5

Re: Venta finca rústica 2024

Si declaraba en módulos, no tenía que poner en qué parcelas ejercía la actividad, pero sí tenía que decir si era en tierras propias o arrendadas; la AEAT presume que, si ejerces la agricultura en tierras propias, lo haces en todas. Pero es una presunción, puede destruirse mediante prueba en contrario.
#6

Re: Venta finca rústica 2024

Muchas gracias por tu respuesta.

Efectivamente, era en módulos. Quizá me estoy complicando demasiado la vida y no sea tan relevante poner si era afecto o no lo era. Rellenando los datos en el programa, salvo que se me escape algo, la diferencia entre hacerlo de una manera o de la otra es que, si pones "no afecto" te sale en el desplegable la posibilidad de rellenar los datos para la aplicación de los coeficientes de abatimiento de la DT 9 y si pones "afecto", no te sale (pero aquí la DT 9 no se aplica en ningún caso).

Es más, la información que aparecería en el modelo de declaración (comprobado a través del borrador) es exactamente la misma porque no se traslada a ninguna casilla la información de que sea afecto o que no (aunque supongo que queda guardado en la aplicación a los efectos que luego la AEAT quiera).

Gracias de nuevo.
#7

Re: Venta finca rústica 2024

Sí, eso te decía, lo de los coeficientes de abatimiento, que, en todo caso, aquí no aplican porque la fecha de adquisición es posterior al 94.