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Vivienda habitual divorcio

4 respuestas
Vivienda habitual divorcio
Vivienda habitual divorcio
#1

Vivienda habitual divorcio

Buenas tardes,

A ver si me podéis ayudar.

El 01/07/2017 me divorcio, y me voy a vivir a un piso que tenía alquilado (siendo yo el propietario), y que tiene hipoteca de fecha 2010

Mi mujer se queda con el piso actual (que está hipotecado con fecha 2008) y con la hija de ambas.

Mi duda es:

1) ¿Puedo considerar el piso actual donde vive mi mujer como vivienda habitual todo el ejercicio?

2) ¿Puedo deducirme la hipoteca del piso donde vive mi mujer? (sigo pagando el 50%)

3) ¿Puedo deducirme la hipoteca del piso donde vivo ahora?

Un saludo y gracias

#2

Re: Vivienda habitual divorcio

1)No, debería ser la vivienda en la que has vivido realmente en cada momento

2)sí,

artículo 68.1

“En los supuestos de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial, el contribuyente podrá seguir practicando esta deducción, en los términos que reglamentariamente se establezcan, por las cantidades satisfechas en el período impositivo para la adquisición de la que fue durante la vigencia del matrimonio su vivienda habitual, siempre que continúe teniendo esta condición para los hijos comunes y el progenitor en cuya compañía queden.”

3)no, ya que no dedujiste por esa vivienda antes del 1/1/2013

#3

Re: Vivienda habitual divorcio

Muchas gracias,

 

#4

Re: Vivienda habitual divorcio

Una duda que me queda,

¿Debo entonces tributar por el período en el que la vivienda habitual deja de serlo por pasar a mi ex-mujer?

Es decir, es que no le veo mucho sentido tributar por la vivienda, pero a la vez deducirme por vivienda habitual.

¿Cómo lo veis?

Gracias

#5

Re: Vivienda habitual divorcio

entiendo que NO, ya que no es propiedad tuya, no procede la imputación de rentas.

La posibilidad de deducción en estas circunstancias es una excepción que contempla la ley aunque ya no seas propietario de la vivienda.