Liquidacion de gananciales, exceso adjudicacion, IRPF
Buenas noches,
Mi exmujer y yo nos divorciamos en febrero de 2015 y ahora vamos a firmar el acuerdo de liquidacion de gananciales del matrimonio en sede judicial. Los bienes repartidos son:
- PARA MI EXMUJER:
- Vivienda familiar adquirida en 2003 por 130.000 euros y valorada ahora en 199.000 euros
- Vehículo valorado en 6.500 euros
- PARA MI:
- Apartamento adquirido en 2003 por 120.000 euros y valorada ahora en 94.000 euros, gravado con una hipoteca de 35.000 euros.
- Plaza de garaje adquirida en 2003 por 12.000 euros y valorada ahora en 30.000 euros
Como se produce un exceso de adjudicación, mi exmujer me compensa con 58.000 euros.
Tras consultar distintas fuentes, no tengo nada claro el IRPF que me corresponderá pagar al año que viene en la declaración de la renta. ¿Debo pagar por las plusvalias del 50% del piso que vendo? Y mi exmujer, como me vende el 50% del apartamento a coste menor de la adquisición y su 50% la plaza de garaje, ¿paga por las plusvalías? ¿O se debe tener en cuenta la compensación económica que he percibido como si fuera esa la plusvalía?
Muchas gracias por anticipado y un saludo.