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Liquidacion de gananciales, exceso adjudicacion, IRPF

2 respuestas
Liquidacion de gananciales, exceso adjudicacion, IRPF
Liquidacion de gananciales, exceso adjudicacion, IRPF
#1

Liquidacion de gananciales, exceso adjudicacion, IRPF

Buenas noches,

Mi exmujer y yo nos divorciamos en febrero de 2015 y ahora vamos a firmar el acuerdo de liquidacion de gananciales del matrimonio en sede judicial. Los bienes repartidos son:

  • PARA MI EXMUJER:
  1. Vivienda familiar adquirida en 2003 por 130.000 euros y valorada ahora en 199.000 euros
  2. Vehículo valorado en 6.500 euros
  • PARA MI:
  1. Apartamento adquirido en 2003 por 120.000 euros y valorada ahora en 94.000 euros, gravado con una hipoteca de 35.000 euros.
  2. Plaza de garaje adquirida en 2003 por 12.000 euros y valorada ahora en 30.000 euros

Como se produce un exceso de adjudicación, mi exmujer me compensa con 58.000 euros.

Tras consultar distintas fuentes, no tengo nada claro el IRPF que me corresponderá pagar al año que viene en la declaración de la renta. ¿Debo pagar por las plusvalias del 50% del piso que vendo? Y mi exmujer, como me vende el 50% del apartamento a coste menor de la adquisición y su 50% la plaza de garaje, ¿paga por las plusvalías? ¿O se debe tener en cuenta la compensación económica que he percibido como si fuera esa la plusvalía?

Muchas gracias por anticipado y un saludo.

#2

Re: Liquidacion de gananciales, exceso adjudicacion, IRPF

Cada uno declarará la transmisión de la mitad del bien que ya no es suyo, calculando la ganancia/pérdida patrimonial por diferencia entre valor en la liquidación de la sociedad (ahora) y el valor de adquisición de su momento:

-para tu ex:

-apartamento: valor venta (en la liquidación) 94.000/2=47.000 c/u

valor compra: 120.000/2=60.000 c/u

diferencia: 47.000-60.000= -13.000 (pérdida)

-garaje: vv=30.000/2=15.000, vc=12.000/2=6.000

diferencia= 15.000-6.000=9.000 de ganancia, que se compensan con la pérdida anterior

 

-para ti:

piso: vv=199.000/2=99.500, vc=130.000/2=65.000

diferencia=99.500-65.000=34.500 de ganancia.

 

Esos son los cálculos a efectos de la plusvalía de renta (metiendo también los gastos proporcionales de adquisición y de transmisión), no influye nada mas.

 

 

 

Un saludo

#3

Re: Liquidacion de gananciales, exceso adjudicacion, IRPF

Muchas gracias Leopol72 por tu rápida respuesta. Me lo has dejado muy clarito.

Un saludo.