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Transferencia de la persona que tiene el usufructo al nudo propietario - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

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Transferencia de la persona que tiene el usufructo al nudo propietario - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
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Transferencia de la persona que tiene el usufructo al nudo propietario - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
#1

Transferencia de la persona que tiene el usufructo al nudo propietario - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

HolA

Si la persona que tiene el usufructo de una herencia decide dar en vida parte del dinero que tiene en usufructo a la persona que tiene la nuda propiedad de la herencia ¿se considera esto una donación y hay q presentar el impuesto de donaciones o no se considera donación y no tiene impuesto porque ese dinero ya es del nudo propietario?

No sé si aparte del reparto de la herencia tengo que presentar más impuestos o papeles para pasar parte de esa herencia a mi cuenta bancaria siendo yo el nudo propietario

#2

Re: Transferencia de la persona que tiene el usufructo al nudo propietario - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Un usufructuario puede renunciar "de facto" a una parte de su usufructo. Pero eso no hace que desaparezca su derecho. Sigue siendo suyo.

Cuando fallezca, desaparece ese derecho, y entonces ya no solo será "de facto", sino también "de iure", y el nudo propietario consolida su plena propiedad. Esa consolidación paga un impuesto.

Si el usufructurario renuncia en vida "de iure" a parte de su usufructo, entonces se tributa en ese momento.

Aplicado al caso que expones, el usufructuario NO ESTÁ DANDO nada, simplemente está depositando un dinero, al que tiene pleno derecho de usar y disfrutar, bajo tu custodia. Si quiere darlo de verdad, debe renunciar juridicamente a esa parte de usufructo. Y eso tributa. En concreto por "el mayor de" o la consolidación de sucesiones, o por donaciones.

Si simplemente "te lo da", sin hacer nada más, en cualquier momento te lo podría reclamar, como si de un reintegro bancario se tratase.

Que un dinero en usufructo "desaparezca" no implica que desaparezca para los impuestos. Ese dinero, en forma de saldo positivo, o el forma de deuda reclamable, sigue existiendo. Y llegado el momento, debe pagar su impuesto, sí o sí.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Transferencia de la persona que tiene el usufructo al nudo propietario - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Entonces¿Qué se supone que tengo que hacer?¿pagar el impuesto de donaciones? Como dices que llegado el momento debe pagar su impuesto...mi madre desde luego no me lo ca a reclamar y no creo necesario q renuncie jurídicamente al usufructo.
Además mi madre considera ese dinero como suyo pues tenía todo en gananciales y solo quiere darme una parte

#4

Re: Transferencia de la persona que tiene el usufructo al nudo propietario - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Bueno, me estás describiendo una actuación basada en lo que una persona "considera" y a otra persona le "conviene".

Pero eso, que es perfectamrnte legal entre vosotros, que actuais como meros particulares, no coincide mucho con lo que dice la Ley o considera hacienda.

Así que está bien que entre vosotros, de forma interna, hagais lo que creais conveniente. Pero haciendo eso, no desaparece el usufructo ni se consolida el pleno dominio. Ese negocio jurídico surgirá al fallecimiento de tu madre, y deberás tributar la cuota complementaria del ISD.

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