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¿Exento de tributar al rescatar un plan de pensiones con una IPT por sentencia judicial? -

2 respuestas
¿Exento de tributar al rescatar un plan de pensiones con una IPT por sentencia judicial? -
¿Exento de tributar al rescatar un plan de pensiones con una IPT por sentencia judicial? -
#1

¿Exento de tributar al rescatar un plan de pensiones con una IPT por sentencia judicial? -

Buenos días les expongo mi consulta a ver si me pueden ayudar a solucionar la ya que tengo bastantes dudas al respecto.

Tengo una incapacidad permanente total concedida en el año 2000 por sentencia judicial.

Si no me equivoco al tener esta incapacidad permanente total es equivalente a una discapacidad del 33% en términos fiscales.

Posteriormente a cuando me fue concedida la IPT hice aportaciones en distintos planes de pensiones en el Régimen General es decir en planes de pensiones normales en algunos casos dichas aportaciones fueron superiores a 8000 € por lo que notifique a la entidad que tenía una IPT.

Me gustaría saber si me decido a rescatar por la contingencia de IPT alguno de los planes en forma de renta, si tendría la exención de hasta 3 veces el IPREM sin tributar a Hacienda.

En caso afirmativo este rescate podría realizarlo solamente un año o podría realizarlo varios años con la cantidad de 3 veces el IPREM cada año.

 

Gracias

Un saludo

#2

Re: ¿Exento de tributar al rescatar un plan de pensiones con una IPT por sentencia judicial? -

Si las aportaciones han sido constituidas en un plan de pensiones con destino a la discapacidad de ciertas personas, que permiten unos limites superiores a las aportaciones al Régimen General y por tanto ciertas particularidades en sus rescates , como los que comentas, si tienes este derecho.

Pero si las aportaciones han sido en el Régimen General, no podrás aplicar este tipo de rescate.

Saludos

#3

Re: ¿Exento de tributar al rescatar un plan de pensiones con una IPT por sentencia judicial? -

Muchas gracias por la respuesta.