Hola! Buenos días a tod@s. Yo realicé la reclamación el 02/01/2019 para el ejercicio fiscal 2016 y sigo igual que vosotrxs: 10/01/2019 pasó de "Presentada! a Revisión en Tramitación. Os he estado leyendo y muchas estáis preocupadas por cuánto os devolverán. Os digo el truco exacto para saberlo (SOLO SI SOIS DE LA SEGUNDA TANDA: 2016 y 2017). Mirad:
1º - Id
aquí y seleecionar "Presentación por Renta WEB de rectificaciones de autoliquidaciones de Renta. Ejercicio 201X" con X el año que habéis reclamado. SOLO para 2016 y 2017 (lamentablemente).
2º - Abrir "Consulta Datos Fiscales" en una ventana del navegador y en otra, abrir la opción "Modificación de declaración" Se os abrirá RentaWEB
3º- Pulsar "Modificar declaración presentada", después "OK" y luego marcar la casilla 127 "Rectificación de Autoliquidación".
4º - Ir a la página 5/49 (en la barra superior) y buscar la casilla 0001. Click en el lápiz que aparece al lado de la cantidad consignada en dicha casilla. Después, se os abrirá una nueva ventana. Sobre "Importe íntegro" borrar lo que aparece e ir a los datos fiscales que habéis abierto anteriormente. A la cantidad total que aparece al final en azul sobre blanco, restad la cantidad que os abonó la SS en concepto de maternidad. El resultado de esa operación llevadlo a la casilla de "Importe íntegro" que habéis borrado. Clik en Aceptar al final de la página.
5º- En la barra superior pulsar Resumen de Declaraciones.
7º- Tachán! Os aparecerá Resultado de la Declaración y ABAJO: RESULTADO RECTIFICACIÓN (siendo la segunda cantidad mayor que la primera) Esa es la que os van a devolver más intereses.
Los intereses para quein lo quiera saber se calcula de la siguiente forma: de lo que pagásteis el año correspondiente (p.ej: en 2015 salió a pagar 800€) tendréis que hacer la siguiente operación:
((800 * 0,0375) / 365) * número de días a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización de presentación de la declaración (suelen ser los últimos días de junio o los primeros de julio) hasta la fecha que os comuniquen la resolución de la devolución.
Suerte amigxs.
P.D.: Creo que para madres autónomas (con rendimientos de actividades económicas) RentaWEB no permite hacer este cálculo PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 (SÍ lo permite para 2017). En ese caso tendréis que tirar de programa PADRE, pero el proceso es similar.