no creo que te lo puedan reclamar, si no ha habido ningún fraude ni connivencia entre tú y la empresa para sacar el dinero al Fogasa mediante un despido simulado.
Ahora bien, la indemnización por despido objetivo, que en principio habría estado exenta en el IRPF, deja de estarlo si se vuelve a trabajar para la misma empresa antes de 3 años, y hay que regularizar la situación mediante una declaración complementaria:
cuando el contribuyente pierda la exención de la indemnización por despido o cese a que se refiere el artículo 1 de este Reglamento, deberá presentar autoliquidación complementaria, con inclusión de los intereses de demora, en el plazo que medie entre la fecha en que vuelva a prestar servicios y la finalización del plazo reglamentario de declaración correspondiente al período impositivo en que se produzca dicha circunstancia.